Page 5 - Santa María Huazolotitlán
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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA                                                                         INFORME ESPECÍFICO CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022

  c) Si la captación, recaudación, administración, custodia, manejo, ejercicio y aplicación de recursos
    municipales, incluyendo subsidios, transferencias y donativos, y si los actos, contratos, convenios, mandatos,
    fondos, fideicomisos, prestación de servicios públicos, operaciones o cualquier acto que las entidades
    fiscalizadas, celebren o realicen, relacionados con el ejercicio del gasto público municipal, se ajustaron a la
    legalidad, y si no han causado daños o perjuicios, o ambos, en contra de la Hacienda Pública Municipal; y,

  d) Comprobar si el ejercicio de la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos se ha ajustado a los criterios
    señalados en los mismos; en particular, verificar si las cantidades correspondientes a los ingresos y a los
    egresos, se ajustaron o corresponden a los conceptos y a las partidas respectivas; si los programas y su
    ejecución se ajustaron a los términos y montos aprobados en el presupuesto de egresos; y si los recursos
    provenientes de financiamientos y otras obligaciones se obtuvieron en los términos autorizados y se aplicaron
    con la periodicidad y forma establecidas por las leyes y demás disposiciones aplicables, y si se cumplieron
    los compromisos adquiridos en los actos respectivos.

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Universo: $ 43,040,046.76 (Cuarenta y tres millones cuarenta mil cuarenta y seis pesos 76/100 M.N.)

Muestra: $ 24,272,930.33 (Veinticuatro millones doscientos setenta y dos mil novecientos treinta pesos 33/100
M.N.)

Alcance: 56.40%

                                           PROCEDIMIENTOS DE AUDITORÍA APLICADOS

      1. Se verificó que los ingresos recibidos se encuentren contemplados en la ley de ingresos autorizada y
            publicada del ejercicio fiscal correspondiente; asimismo comprobó que fueron registrados en los tiempos
            establecidos en la normatividad aplicable y que cuenten con la documentación original comprobatoria y
            justificativa.

      2. Se verificó que la entidad fiscalizable contó con una cuenta bancaria productiva específica para cada
            fondo o programa de que se trate, en la que se manejaron exclusivamente esos recursos.

      3. Se verificó la autorización de la partida en el presupuesto de egresos, la existencia de registros contables
            y presupuestales específicos de las erogaciones del fondo o programa, debidamente actualizados,
            identificados y controlados, así como que se encuentren respaldados con la documentación original que
            justifique y compruebe el gasto incurrido y cumpla con la normatividad aplicable.

      4. Se verificó que las categorías, puestos y números de plazas se encuentren autorizadas, asimismo, que
            las remuneraciones por sueldos y salarios se apeguen a los tabuladores autorizados y vigentes en el
            ejercicio; así como que cuenten con los expedientes de personal que acrediten el perfil de las plazas
            contratadas.

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