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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA INFORME ESPECÍFICO CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
Estatal de Hacienda del Estado de Oaxaca, Artículo 64 párrafo tercero; y Ley de Hacienda Municipal del
Estado de Oaxaca, Artículo 94 Bis C; que a la letra dice:
Código Fiscal de la Federación
Artículo 29: “Cuando las leyes fiscales establezcan la obligación de expedir comprobantes fiscales por los actos o actividades
que realicen…”,
Artículo 29-A: “Los comprobantes fiscales digitales a que se refiere el artículo 29 de este Código, deberán contener los
siguientes requisitos…”,
Ley General de Contabilidad Gubernamental
Artículo 34: “La contabilización de las transacciones de gasto se hará conforme a la fecha de su realización”,
Articulo 42 párrafo primero: “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la
documentación original que compruebe y justifique los registros que se efectúen.”,
Artículo 43: “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los
documentos, comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los lineamientos
que para tal efecto establezca el consejo.”,
Artículo 67 párrafo primero: “Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos justificativos y
comprobatorios que correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto comprometido y
devengado, en términos de las disposiciones que emita el consejo y
Artículo 70 fracción I: I. Mantener registros específicos de cada fondo, programa o convenio debidamente actualizados,
identificados y controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido. Dicha
documentación se presentará a los órganos competentes de control y fiscalización que la soliciten.”;
Ley Estatal de Hacienda del Estado de Oaxaca
Artículo 64 párrafo tercero: “Están obligados a retener y enterar este impuesto en los términos de la presente Ley, quienes
obtengan de otras personas físicas, morales o unidades económicas, la prestación de servicios especializados o la ejecución
de obras especializadas, de conformidad a los artículos 13,14 y 15 de la Ley Federal del Trabajo, domiciliadas dentro o fuera del
territorio de esta entidad, la prestación de un servicio personal subordinado, siempre que el mismo se preste dentro del territorio
del Estado. En este caso deberán entregar a la persona física, moral o unidad económica que les proporcione los trabajadores,
la constancia de retención correspondiente y
Ley de Hacienda Municipal del Estado de Oaxaca
Artículo 94 Bis C: “Los retenedores de los ingresos que por este derecho se recauden, deberán enterarlos a la Secretaría de
Finanzas o a la Tesorería Municipal, según sea el caso, dentro de los cinco días hábiles siguientes a aquél en que se retengan.”
RESULTADO: ASE-41 SIN OBSERVACIÓN
De la revisión a las sub-subcuentas 12353 - FIII-039/22 REHABILITACIÓN DEL DRENAJE SANITARIO QUE
CONDUCE A LA DESCARGA EN PASO DEL JIOTE. (2022) (2022), 12353 - FIII-092/22 MANTENIMIENTO
DEL POZO ARTESIANO LA BARRIGONA DEL BARRIO ÑUCAHUA. (2022) (2022), 12353 - MSMH/43/22
AMPLIACIÓN DE LA RED DE DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN DIVERSAS CALLES DE PASO
DEL JIOTE. (2022) (2022), 12353 - MSMH/78/22 AMPLIACIÓN DE LA RED DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN
LA CALLE LAZARO CARDENAS DEL BARRIO CHICO. (2022) (2022), 12355 - FIII-042/22 REHABILITACIÓN
DE CAMINO A LA PLAYA. (2022) (2022), 12355 - FIII-087/22 REHABILITACIÓN DEL CAMINO SACA
COSECHA TRES PESOS. (2022) (2022), 12355 - FIII-091/22 REHABILITACIÓN DEL CAMINO SACA
COSECA LA YERBA SANTA. (2022) (2022), 12355 - MSMH/009/22 AMPLIACIÓN DEL PAVIMENTO DE
CONCRETO HIDRÁULICO EN LA CALLE PRINCIPAL. (2022) (2022), 12355 - MSMH/016/22 AMPLIACIÓN
DE LA PAVIMENTACIÓN DE CONCRETO HIDRÁULICO EN LA CALLE EL RECODO. (2022) (2022), 12355 -
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