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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
PROGRAMA OBJETIVOS DEL ACTIVIDAD OBRAS / ACCIÓN IMPORTE EJES DEL TEMAS DE LOS EJES DEL TEMAS DE LOS INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
PROGRAMA DEVENGADO PLAN EJES DEL PLAN PLAN EJES DEL PLAN
MUNICIPAL DE
MUNICIPAL DE DESARROLLO ESTATAL DE ESTATAL DE
DESARROLLO DESARROLLO DESARROLLO
ACCIONES DEL CAPÍTULO $ 39,850.00
1000 SERVICIOS PERSONALES
ACCIONES DEL CAPÍTULO
EFICIENTAR LAS 2000 MATERIALES Y $ 143,095.58
ACTIVIDADES $ 102,493.00
SUMINISTROS
ADMINISTRATIVAS
EN LA AGENCIA ACCIONES DEL CAPÍTULO
MUNICIPAL 3000 SERVICIOS GENERALES
ACCIONES DEL CAPÍTULO $ 14,548.00
5000 - BIENES MUEBLES,
GOBIERNO BAJA EFICIENCIA INMUEBLES E INTANGIBLES SIN SIN ALINEACIÓN SIN SIN ALINEACIÓN
MODERNO EN EL PERSONAL ALINEACIÓN ALINEACIÓN
A D M I N I S T R AT I V O ACCIONES DEL CAPÍTULO
DEL MUNICIPIO 1000 SERVICIOS PERSONALES $ 793,960.05
ACCIONES DEL CAPÍTULO
2000 MATERIALES Y $ 834,736.35
$ 812,263.03
EFICIENTAR LAS SUMINISTROS
ACTIVIDADES
ACCIONES DEL CAPÍTULO
ADMINISTRATIVAS 3000 SERVICIOS GENERALES
EN EL MUNICIPIO
ACCIONES DEL CAPÍTULO $ 20,002.50
5000 - BIENES MUEBLES,
INMUEBLES E INTANGIBLES
TOTAL DEL PROGRAMA: GOBIERNO MODERNO $2,760,948.51
Por lo anterior, el H. Ayuntamiento del Municipio de Asunción Tlacolulita, Distrito de Yautepec,
Oaxaca, no acreditó que la planeación y ejecución del programa presupuestario “Gobierno
moderno”, se haya realizado con base en las políticas del Plan Municipal y Estatal del Desarrollo
durante el ejercicio 2022.
Incumpliendo con lo establecido en la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas
y los Municipios, Artículo 18 párrafo primero; Ley General de Contabilidad Gubernamental,
Artículo 54 párrafo primero y segundo; Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca,
Artículo 123 párrafo primero; Lineamientos para la Construcción y Diseño de Indicadores de
Desempeño mediante la Metodología del Marco Lógico (MML); lo que a la letra dice:
Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios
Artículo 18 párrafo primero: “Las iniciativas de las Leyes de Ingresos y los proyectos de Presupuestos de Egresos de los Municipios se
deberán elaborar conforme a lo establecido en la legislación local aplicable, en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y las normas
que emita el Consejo Nacional de Armonización Contable, con base en objetivos, parámetros cuantificables e indicadores del desempeño;
deberán ser congruentes con los planes estatales y municipales de desarrollo y los programas derivados de los mismos; e incluirán cuando
menos objetivos anuales, estrategias y metas.”.
Ley General de Contabilidad Gubernamental
Artículo 54 párrafo primero y segundo: “La información presupuestaria y programática que forme parte de la cuenta pública deberá
relacionarse, en lo conducente, con los objetivos y prioridades de la planeación del desarrollo. Asimismo, deberá incluir los resultados de
la evaluación del desempeño de los programas federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales del
Distrito Federal, respectivamente, así como los vinculados al ejercicio de los recursos federales que les hayan sido transferidos. Para ello,
deberán utilizar indicadores que permitan determinar el cumplimiento de las metas y objetivos de cada uno de los programas, así como
vincular los mismos con la planeación del desarrollo.”.
Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca
Artículo 123 párrafo primero: “La iniciativa de la Ley de Ingresos Municipales y el Presupuesto de Egresos, se deberán elaborara por el
Ayuntamiento con estricto apego a los principios constitucionales de austeridad, planeación, eficiencia, eficacia, economía, transparencia y
honradez, así como a las disposiciones contenidas en las leyes y decretos fiscales federales, estatales y municipales que resulten aplicables
y con base en los convenios respectivos…”.
Lineamientos para la Construcción y Diseño de Indicadores de Desempeño mediante la Metodología del Marco Lógico (MML), emitidos
por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), que establecen las disposiciones para la homologación, estandarización y
actualización de los indicadores de desempeño de los programas operados por los entes públicos en cumplimiento a la Ley General de
Contabilidad Gubernamental.
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