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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
para apoyar al personal en la consecución de los objetivos institucionales a través de la implementación
de un Órgano Interno de Control Municipal, contar con una comisión de rendición de cuentas,
transparencia y acceso a la información, de igual forma, deberá realizar acciones para establecer
y mantener un ambiente de control en el Ayuntamiento a través de la aprobación, implementación y
difusión del bando de policía y gobierno, reglamento interno, reglamentos municipales, manual o
documento para la administración de recursos humanos del municipio; capacitar al personal en materia
de legalidad, ética y calidad en el servicio público; además de cumplir con las obligaciones, así como
con las recomendaciones, políticas públicas, lineamientos y cualquier normatividad que emitan las
instancias del Sistema Nacional Anticorrupción y del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción.
ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS
Del análisis y revisión a las respuestas proporcionadas por el ente auditado, respecto al componente
de administración de riesgos, se determina un puntaje alcanzado de 17.1 de un total de 20.0 puntos
asignados, correspondientes al valor total de este componente, debido a que el Ayuntamiento no
acreditó, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, contar un Programa
Anual de la Administración Pública Municipal.
Por lo anterior, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, recomienda al H.
Ayuntamiento del Municipio de San Andrés Paxtlán, Distrito de Miahuatlán, Oaxaca, realizar las
acciones necesarias para la implementación del Marco Integrado de Control Interno (MICI) respecto al
componente de administración de riesgos, el cual tiene la finalidad de evaluar los riesgos a los que
se enfrenta la institución en la procuración del cumplimiento de sus objetivos, a fin de proporcionar
las bases para identificar los riesgos, analizarlos, catalogarlos, priorizarlos y desarrollar respuestas
que mitiguen su impacto, incluyendo los riesgos de corrupción; a través de un Programa Anual de
la Administración Pública municipal, en el que se establezcan mínimamente los mecanismos para la
ejecución de obras y la prestación de los servicios públicos a cargo del Ayuntamiento y cumpla con las
obligaciones, recomendaciones, políticas públicas, lineamientos y cualquier normatividad que emitan
las instancias del Sistema Nacional Anticorrupción y del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción.
ACTIVIDADES DE CONTROL
Del análisis y revisión a las respuestas proporcionadas por el ente auditado, respecto al componente
Actividades de control, se determina un puntaje alcanzado de 17.8 puntos de un total de 20.0 puntos
asignados, correspondientes al valor total de este componente, debido a que el ente fiscalizado
no acreditó ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, garantizar que las
actividades de control interno permitan alcanzar los objetivos Municipales y responder a los riesgos.
Por lo anterior, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, recomienda al H.
Ayuntamiento del Municipio de San Andrés Paxtlán, Distrito de Miahuatlán, Oaxaca, realizar las
acciones necesarias para la implementación del Marco Integrado de Control Interno (MICI) respecto
al componente de actividades de control, las cuales son acciones establecidas, a través de políticas
y procedimientos para alcanzar los objetivos institucionales y responder a sus riesgos, incluidos los
de corrupción y los de sistemas de información, en el control interno y cumpla con las obligaciones y
recomendaciones, políticas públicas, lineamientos y normatividad que emitan las instancias del Sistema
Nacional Anticorrupción y del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción.
INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN
Del análisis y revisión a las respuestas proporcionadas por el ente auditado, respecto al componente
Información y comunicación, se determina un puntaje alcanzado de 16.7 puntos de un total de
20.0 puntos asignados, correspondientes al valor total de este componente, debido a que el ente
fiscalizado no acreditó ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca; informar
periódicamente al presidente municipal y al personal del ayuntamiento, la situación de cambios o
asuntos emergentes del control interno y hacer llegar la información de calidad necesaria para la
consecución de los objetivos institucionales.
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