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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
establecido en el artículo 22 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de
Cuentas para el Estado de Oaxaca, toda aquella información y documentación que demostrara cada
una de las acciones realizadas tendientes a solventar la observación determinada.
El Ayuntamiento del Municipio de Taniche, Distrito de Ejutla, Oaxaca, en el proceso de
aclaraciones y justificaciones, presentó documentación para atender los resultados AD-01, AD-
02, AD-03 y AD-04, como consta en el acta circunstanciada de fecha 29 de agosto del 2023,
consistente en oficio sin número, mediante el cual manifiesta que a la letra dice:
“De la solicitud realizada a la exautoridad este Ayuntamiento no se recibió la información antes
solicitada; por otra parte, de la revisión al archivo de la entrega recepción no se encontró información
relacionado con las observaciones emitidas por este ente fiscalizador; por lo que el H. Ayuntamiento
en este momento no está en condiciones de atender las observaciones derivadas de la auditoria como
son las siguientes: AD-01, EVALUACION AL CONTROL INTERNO; AD-02 DOCUMENTOS NORMATIVOS
BASICOS; AD-03, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y SUS PROGRAMAS; AD-04, PROGRAMAS
PRESUPUESTARIOS.”
Por lo anterior y una vez analizada la documentación presentada, se determina que la Entidad
Fiscalizable, si bien presentó oficio justificativo, mediante el cual explica los motivos por los
cuales no da atención a las observaciones; no presenta evidencia que atiendan las observaciones
determinadas, relativas al cumplimiento de los objetivos y metas de los indicadores de desempeño
contenidos en los programas autorizados, a la alineación de los programa con los ejes del Plan
Municipal de Desarrollo y Plan Estatal de Desarrollo, al diseño del programa; a la congruencia de los
programas autorizados con los indicadores de situación de pobreza y rezago social; al cumplimiento
de las metas del gasto de los programas y recursos ejecutados; a la satisfacción de beneficiarios
e igualdad entre mujeres y hombres, así como ala presentación del Programa Anual de Obras
Públicas y Programa Anual de la Administración Pública Municipal para el ejercicio fiscal 202; por lo
cual, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que subsiste la
observación; por lo que se emite:
Solicitud de aclaración:
2022-OA/CPM/059/2023-SA-03
Se le requiere al Ayuntamiento del Municipio de Taniche, Distrito de Ejutla, Oaxaca, presente
ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, toda aquella información y
documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones que se detallan
en este resultado, relativo a:
PROGRAMAS PRESUPUESTARIOS
Alineación del programa con los ejes del Plan Municipal de Desarrollo y Plan Estatal de
Desarrollo.
Que los Programas “Vivienda y Servicios Básicos” y “Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial”
reportados en la Cuenta Pública 2022, no son congruentes con las actividades donde se ejecutaron
obras, y que las actividades con las que muestran congruencia, no contribuyen con el objetivo de los
programas al no haber realizado y registrado obras y acciones para el logro de los mismos; por lo
que los programas “Vivienda y Servicios Básicos” y “Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial”,
no son susceptibles de alineación ni coadyuvan con los objetivos planteados en el Plan Municipal y
Estatal del Desarrollo.
Como se muestra a continuación:
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