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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022 RESULTADOS DE AUDITORÍA
RESULTADO: AD-01 CON OBSERVACIÓN
EVALUACIÓN AL CONTROL INTERNO
El ente fiscalizado presentó a requerimiento, el Cuestionario de Control Interno (CCI), de fecha 18
de febrero de 2023, requisitado por la C. Berenice López Saavedra, en su carácter de Secretaría
Municipal del H. Ayuntamiento del Municipio de Taniche, Distrito de Ejutla, Oaxaca; por lo
que, una vez realizado el análisis de las respuestas y la evidencia proporcionada, se determinó
que el municipio auditado obtuvo un puntaje de 11.8 sobre un total de 100 puntos asignados, que
conforman los valores de los 5 componentes del control interno, acorde al Marco Integrado de
Control Interno establecido por el Sistema Nacional de Fiscalización; lo que ubica al sistema de
control interno del H. Ayuntamiento del Municipio de Taniche, Distrito de Ejutla, Oaxaca, en un
nivel bajo, el cual requiere realizar mejoras sustanciales para fortalecer el sistema de control interno
institucional, como se detalla a continuación:
DIAGNÓSTICO DE CONTROL INTERNO COMPONENTES DEL MARCO VALOR VALOR
No. INTEGRADO DE CONTROL ASIGNADO OBTENIDO
Rangos de Calificación Valor Nivel del Sistema
Obtenido de Control Interno INTERNO 20 0.0
20 2.9
Desde Hasta Nivel 11.8 BAJO 1 AMBIENTE DE CONTROL 20 2.2
0 39 BAJO 20 6.7
40 69 MEDIO 2 ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS 20 0.0
70 100 ALTO 100 11.8
3 ACTIVIDADES DE CONTROL
4 INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN
5 SUPERVISIÓN
TOTALES
AMBIENTE DE CONTROL
Del análisis y revisión a las respuestas proporcionadas respecto al componente Ambiente de
control, se determina un puntaje alcanzado de puntos de un total de 20.0 puntos asignados,
correspondientes al valor total de este componente, debido a que el municipio fiscalizado no
acreditó ante esta Auditoría Superior de Fiscalización haber realizado acciones para establecer
y mantener un ambiente de control en el ayuntamiento al no tener establecido un órgano interno
de control municipal, un comité de contraloría social municipal, un comité de adquisiciones y
contratación de servicios y al no haber establecido comités ciudadanos de control y vigilancia en
cada obra municipal realizada; asimismo, no acreditó haber elaborado, autorizado y publicado
un bando de policía y gobierno, reglamento interno, reglamentos municipales, código de ética,
código de conducta, manual de organización, manual de procedimientos, ni manual de políticas y
procedimientos para la administración de recursos humanos del municipio, tampoco cuenta con
medios para recibir denuncias por posibles violaciones a los valores éticos, no tiene establecidos
medios para evaluar el apego y cumplimiento de las normas de conducta del personal de las áreas
administrativas del ayuntamiento, no dispone de un área encargada de evaluar el desempeño del
control interno municipal, y no acreditó haber capacitado al personal en materia de legalidad, ética y
calidad en el servicio público.
Por lo anterior, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, recomienda al H.
Ayuntamiento del Municipio de Taniche, Distrito de Ejutla, Oaxaca, realizar las acciones necesarias
para la implementación del Marco Integrado de Control Interno (MICI), respecto al componente
ambiente de control, el cual tiene la finalidad de proporcionar disciplina y estructura para apoyar
al personal en la consecución de los objetivos institucionales; a través de la implementación de
un órgano interno de control municipal, un comité de contraloría social municipal, un comité de
adquisiciones y contratación de servicios, comités ciudadanos de control y vigilancia en cada
obra municipal realizada; de igual forma, deberá realizar acciones para establecer y mantener un
ambiente de control en el Ayuntamiento a través de la elaboración, aprobación y difusión del
bando de policía y gobierno, reglamento interno, reglamentos municipales, código de ética, código
de conducta, manual de organización, manual de procedimientos, manual o documento para la
administración de recursos humanos del municipio y disposiciones relativas a la enajenación,
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