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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
del Municipio y demás informes que deban de emitirse de conformidad con la normatividad emitida por el Consejo Nacional de Armonización
Contable;”.
Acuerdo por el que se emiten las Principales Reglas de Registro y Valoración del Patrimonio (Elementos Generales)
Acuerdo por el que se emiten las Principales Reglas Específicas de Registro y Valoración del Patrimonio
Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos dirigidos a asegurar que el Sistema de Contabilidad Gubernamental facilite el Registro y
Control de los Inventarios de los Bienes Muebles e Inmuebles de los Entes Públicos
Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para la Elaboración del Catálogo de Bienes Inmuebles que permita la interrelación
automática con el Clasificador por Objeto del Gasto y la Lista de Cuentas, emitidos todos por el Consejo Nacional de Armonización
Contable y demás información de conformidad con la normatividad emitida por el Consejo Nacional de Armonización Contable, atendiendo
el cumplimiento de las disposiciones normativas en el ámbito de su competencia.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al H.
Ayuntamiento del Municipio de Mariscala de Juárez, Distrito de Huajuapan, Oaxaca, justificar
o aclarar, conforme a las observaciones que se detallan en este Resultado y presentara dentro del
plazo establecido en el artículo 22 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición
de Cuentas para el Estado de Oaxaca, toda la información y documentación que demuestren las
acciones realizadas tendientes a solventar la observación determinada.
Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMA/396/2023, se notificó el día 27 de septiembre de
2023, los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que esa Entidad Fiscalizable
en un plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.
El H. Municipio de Mariscala de Juárez, Distrito de Huajuapan, Oaxaca, en el proceso de
aclaraciones y justificaciones, presentó oficio número MMJ/055/0131/2023 de fecha 17 de octubre
de 2023, suscrito por el C. Hugo Jairo Hernández Sánchez, Presidente Municipal, dirigido a
la Titular de la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, como consta en el acta
circunstanciada de fecha 17 de octubre de 2023, con una prórroga de por medio, con oficio número
MMJ/OAC/56/2023, de fecha 10 de octubre de 2023. En el oficio MMJ/055/0131/2023 de fecha
17 de octubre de 2023, presentó la siguiente información:
Respecto al contenido del inventario de bienes muebles al 31 de diciembre de 2022, se
identificó que la información registrada, es insuficiente para su plena identificación y control
administrativo, ya que no presentó información relativa a la descripción del tipo de bien del
que se trató, asimismo, no registró la marca, modelo y número de serie, presentó: Oficio
original número MMJ/055/0132/2023 de fecha 17 de octubre de 2003, suscrito por el C. Hugo
Jairo Hernández Sánchez, Presidente Municipal, dirigido a la Titular de la Auditoría Superior de
Fiscalización del Estado de Oaxaca, en el que expuso y dio aclaración respecto de los registros de
bienes muebles.
Una vez analizada la documentación y argumentación, la Auditoría Superior de Fiscalización del
Estado de Oaxaca, determina que atendió la observación.
Respecto a la información de los bienes muebles contenida en el inventario presentado por la
Entidad Fiscalizable, se identificó que los registros que se muestran, se realizaron de forma
colectiva, por lo cual no es posible identificar el número de bienes registrados, lo que no
contribuye a un control individual de la vida útil y depreciación de cada bien contabilizado,
presentó: Oficio original número MMJ/055/0133/2023 de fecha 17 de octubre de 2023, suscrito
por el C. Hugo Jairo Hernández Sánchez, Presidente Municipal, dirigido a la Titular de la Auditoría
Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, en el que expuso y dio aclaración respecto de los
registros realizados de manera colectiva.
Una vez analizada la documentación y argumentación, la Auditoría Superior de Fiscalización del
Estado de Oaxaca, determina que atendió la observación.
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