Page 18 - Mariscala de Juárez
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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022  En consecuencia, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que
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                                                  RESULTADO: AC-04	                     CON OBSERVACIÓN

                                                  OBLIGACIONES EN ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DE LA LEY DE INGRESOS

                                                  De la revisión y análisis realizado a la Ley de Ingresos Aprobada para el ejercicio fiscal 2022,
                                                  presentada por el ente fiscalizado, se concluye lo siguiente:

                                                  El ente fiscalizado no presentó a requerimiento la Iniciativa de Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal
                                                  2022, así como el Acta de Sesión de Cabildo mediante la cual haya sido aprobada y evidencia de
                                                  que haya sido presentada en Oficialía de Partes del Poder Legislativo del Estado de Oaxaca. Sin
                                                  embargo, presentó la Ley de Ingresos Aprobada mediante decreto número 570 por el Poder
                                                  Legislativo Estatal, como Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2022 del H. Ayuntamiento del
                                                  Municipio de Mariscala de Juárez, Distrito de Huajuapan, Oaxaca, y publicada en el Periódico
                                                  Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca el 09 de abril de 2022.

                                                  Del análisis efectuado a la estructura y contenido de la Ley de Ingresos Aprobada, se constató que
                                                  en su elaboración se incluyen las fuentes de ingresos ordinarios y extraordinarios, que desagregan
                                                  los importes por clasificación de ingresos, incluyendo los Recursos Federales estimados por
                                                  concepto de Participaciones y Aportaciones para el ejercicio 2022, así como los Ingresos de
                                                  Gestión a recaudar e ingresos derivados de financiamiento. Así también, se constata que incluye
                                                  los Objetivos, Estrategias y Metas de los Ingresos de la Hacienda Pública, Proyecciones de Finanzas
                                                  Públicas y Resultados de las Finanzas Públicas, la Ley de Ingresos Aprobada para el ejercicio
                                                  fiscal 2022 del H. Ayuntamiento del Municipio de Mariscala de Juárez, Distrito de Huajuapan,
                                                  Oaxaca, muestra la siguiente información a nivel rubro:

                                                                    CONCEPTOS DE INGRESOS (FUENTE)                        MONTO ESTIMADO SEGÚN LEY DE INGRESOS
                                                                                                                          APROBADA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2022

                                                  INGRESOS DE GESTIÓN                                                            1,133,000.00

                                                  IMPUESTOS                                                                      345,000.00

                                                  CONTRIBUCIONES DE MEJORAS                                                      5,000.00

                                                  DERECHOS                                                                       735,000.00

                                                  PRODUCTOS                                                                      13,000.00

                                                  APROVECHAMIENTOS                                                               35,000.00

                                                  INGRESOS POR VENTA DE BIENES, PRESTACION DE SERVICIOS Y OTROS INGRESOS         0.00

                                                  PARTICIPACIONES, APORTACIONES, CONVENIOS INCENTIVOS DERIVADOS DE LA            12,477,259.84
                                                  COLABORACIÓN FISCAL Y FONDOS DISTINTOS DE APORTACIONES

                                                  PARTICIPACIONES                                                                4,744,640.77

                                                  APORTACIONES                                                                   7,732,617.07

                                                  CONVENIOS                                                                      2.00

                                                  INCENTIVOS DERIVADOS DE LA COLABORACIÓN FISCAL                                  0.00

                                                  FONDOS DISTINTOS DE APORTACIONES                                                0.00

                                                  INGRESOS DERIVADOS DE FINANCIAMIENTO                                            0.00

                                                                    TOTAL DE INGRESOS ESTIMADOS                                   $13,610,259.84

                                                  Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:

                                                      Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios

                                                      Artículo 18 párrafo primero: “Las iniciativas de las Leyes de Ingresos y los proyectos de Presupuestos de Egresos de los Municipios se
                                                      deberán elaborar conforme a lo establecido en la legislación local aplicable, en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y las normas
                                                      que emita el Consejo Nacional de Armonización Contable, con base en objetivos, parámetros cuantificables e indicadores del desempeño;
                                                      deberán ser congruentes con los planes estatales y municipales de desarrollo y los programas derivados de los mismos; e incluirán cuando
                                                      menos objetivos anuales, estrategias y metas.”.

                                                      Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca

                                                      Artículo 43 párrafo primero fracciones II y XXI: “Son atribuciones del Ayuntamiento;”; II: “Proponer ante la Legislatura del Estado, iniciativas
                                                      de leyes, decretos y acuerdos en materia municipal;”; XXI: “Elaborar y presentar en forma digital editable ante el Congreso del Estado, a más

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