Page 35 - San Juan Bautista Tlachichilco
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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

                                                             PUBLICACIÓN 2022                                    FORMATO   COTEJADO                        INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
                                                                                                                ACORDE A         CON
REPORTES/FORMATOS       PERIODICIDAD      PRIMER   SEGUNDO     TERCER     CUARTO               ANUAL/CUENTA   ESTRUCTURA
       PUBLICADOS                      TRIMESTRE  TRIMESTRE  TRIMESTRE  TRIMESTRE                   PÚBLICA     DE CONAC   CONTENIDO
                                                                                   SEMESTRAL       NO APLICA               EN CUENTA
INFORMACIÓN DE MONTOS                                                               NO APLICA      NO APLICA           SI
                                                                                    NO APLICA            NO                  PÚBLICA
PAGADOS POR AYUDAS Y    TRIMESTRAL     SI         SI         SI NO                  NO APLICA                          SI   NO APLICA
                                                                                    NO APLICA      NO APLICA
SUBSIDIOS                                                                                                              SI   NO APLICA
                                                                                    NO APLICA      NO APLICA
INFORMACIÓN DE                                                                      NO APLICA            NO            SI          SI
                                                                                    NO APLICA
PROGRAMAS CON           TRIMESTRAL     SI         SI         SI NO                                 NO APLICA           SI   NO APLICA
RECURSOS FEDERALES                                                                        NO
                                                                                    NO APLICA            NO            SI   NO APLICA
POR ORDEN DE GOBIERNO                                                               NO APLICA      NO APLICA
                                                                                                                       SI          SI
RELACIÓN DE CUENTAS     ANUAL/                                                                           NO
                                                                                                                       SI   NO APLICA
BANCARIAS PRODUCTIVAS   CUENTA         SI         SI         SI NO
                                                                                                                       SI          SI
ESPECÍFICAS             PÚBLICA                                                                                       NO
                                                                                                                            NO APLICA
APLICACIÓN DE                                                                                                                     NO

RECURSOS DEL FONDO DE

APORTACIONES PARA EL    TRIMESTRAL     SI         SI         SI NO
FORTALECIMIENTO DE LOS

MUNICIPIOS Y DT DEL DF

(FORTAMUNDF)

INFORMACIÓN DE

OBLIGACIONES PAGADAS    TRIMESTRAL     SI         SI         SI NO
O GARANTIZADAS CON

FONDOS FEDERALES

REPORTE DEL EJERCICIO   TRIMESTRAL/    SI         SI         SI NO
Y DESTINO DE GASTO          CUENTA
FEDERALIZADO Y             PÚBLICA
REINTEGROS

RESULTADOS DE LAS             30 DÍAS  SI         SI         SI NO
EVALUACIONES DE LOS     POSTERIORES A
RECURSOS FEDERALES      LA EVALUACIÓN
MINISTRADOS

INVENTARIOS DE BIENES   SEMESTRAL/                NO                           NO
MUEBLES E INMUEBLES        CUENTA
ACTUALIZADOS               PÚBLICA
(RELACIÓN DE BIENES
MUEBLES E INMUEBLES)

INFORMES TRIMESTRALES   TRIMESTRAL     SI         SI         SI  NO
DE ESTADOS FINANCIEROS

CUENTA PÚBLICA          ANUAL

Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:

          Ley General de Contabilidad Gubernamental

         Artículo 27 párrafo segundo: “Los entes públicos contarán con un plazo de 30 días hábiles para incluir en el inventario físico los bienes que
         adquieran. Los entes públicos publicarán el inventario de sus bienes a través de internet, el cual deberán actualizar, por lo menos, cada seis
         meses. Los municipios podrán recurrir a otros medios de publicación, distintos al internet, cuando este servicio no esté disponible, siempre y
         cuando sean de acceso público.”.
         Artículo 51: “La información financiera que generen los entes públicos en cumplimiento de esta Ley será organizada, sistematizada
         y difundida por cada uno de éstos, al menos, trimestralmente en sus respectivas páginas electrónicas de internet, a más tardar 30 días
         después del cierre del período que corresponda, en términos de las disposiciones en materia de transparencia que les sean aplicables y, en
         su caso, de los criterios que emita el consejo. La difusión de la información vía internet no exime los informes que deben presentarse ante el
         Congreso de la Unión y las legislaturas locales, según sea el caso.”.
         Artículo 56: “La generación y publicación de la información financiera de los entes públicos a que se refiere este Título, se hará conforme a
         las normas, estructura, formatos y contenido de la información, que para tal efecto establezca el consejo y difundirse en la página de Internet
         del respectivo ente público. Dicha información podrá complementar la que otros ordenamientos jurídicos aplicables ya disponen en este
         ámbito para presentarse en informes periódicos y en las cuentas públicas. Asimismo, la información se difundirá en los medios oficiales de
         difusión en términos de las disposiciones aplicables.”.
         Artículo 57: “La Secretaría de Hacienda, las secretarías de finanzas o sus equivalentes de las entidades federativas, así como las tesorerías
         de los municipios y sus equivalentes en las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, establecerán, en su respectiva página de Internet,
         los enlaces electrónicos que permitan acceder a la información financiera de todos los entes públicos que conforman el correspondiente
         orden de gobierno así como a los órganos o instancias de transparencia competentes. En el caso de las secretarías de finanzas o sus
         equivalentes, podrán incluir, previo convenio administrativo, la información financiera de los municipios de la entidad federativa o, en el caso
         del Distrito Federal, de sus demarcaciones territoriales.”.
         Artículo 58: “La información financiera que deba incluirse en Internet en términos de este Título deberá publicarse por lo menos
         trimestralmente, a excepción de los informes y documentos de naturaleza anual y otros que por virtud de esta Ley o disposición legal
         aplicable tengan un plazo y periodicidad determinada, y difundirse en dicho medio dentro de los treinta días naturales siguientes al cierre del
         período que corresponda. Asimismo, deberá permanecer disponible en Internet la información correspondiente de los últimos seis ejercicios
         fiscales.”.
         Artículo 67 párrafo tercero: “Los entes públicos publicarán en Internet la información sobre los montos pagados durante el periodo por
         concepto de ayudas y subsidios a los sectores económicos y sociales, identificando el nombre del beneficiario, y en lo posible la Clave Única
         de Registro de Población cuando el beneficiario sea persona física o el Registro Federal de Contribuyentes con Homoclave cuando sea
         persona moral o persona física con actividad empresarial y profesional, y el monto recibido.”.
         Artículo 76: “Los municipios, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y en su caso, las entidades federativas, previo
         convenio de colaboración administrativa, difundirán en Internet la información relativa al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de
         los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México, especificando cada uno de los destinos señalados para dicho
         Fondo en la Ley de Coordinación Fiscal.”.

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