Page 40 - San Juan Bautista Tlachichilco
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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022 PUBLICACIÓN DE LA SIGUIENTE PERIODICIDAD PRIMER SEGUNDO TERCER CUARTO ANUAL/ FORMATO
INFORMACIÓN: CUENTA ACORDE AL
TRIMESTRE TRIMESTRE TRIMESTRE TRIMESTRE PÚBLICA
CONAC
ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA TRIMESTRAL Y ANUAL SI SI SI NO NO SI
DETALLADO -LDF NO SI
NO SI
INFORME ANALÍTICO DE LA DEUDA PÚBLICA Y TRIMESTRAL Y ANUAL SI SI SI NO NO SI
OTROS PASIVOS - LDF NO SI
INFORME ANALÍTICO DE OBLIGACIONES TRIMESTRAL Y ANUAL SI SI SI NO NO SI
DIFERENTES DE FINANCIAMIENTOS - LDF
NO SI
BALANCE PRESUPUESTARIO - LDF TRIMESTRAL Y ANUAL SI SI SI NO
NO SI
ESTADO ANALÍTICO DEL INGRESOS TRIMESTRAL Y ANUAL SI SI SI NO
DETALLADO -LDF NO SI
ESTADO ANALÍTICO DEL EJERCICIO DEL
PRESUPUESTO DE EGRESOS DETALLADO TRIMESTRAL Y ANUAL SI SI SI NO
- LDF (CLASIFICACIÓN POR OBJETO DEL
GASTO)
ESTADO ANALÍTICO DEL EJERCICIO DEL
PRESUPUESTO DE EGRESOS DETALLADO - TRIMESTRAL Y ANUAL SI SI SI NO
LDF (CLASIFICACIÓN ADMINISTRATIVA)
ESTADO ANALÍTICO DEL EJERCICIO DEL
PRESUPUESTO DE EGRESOS DETALLADO - TRIMESTRAL Y ANUAL SI SI SI NO
LDF (CLASIFICACIÓN FUNCIONAL)
ESTADO ANALÍTICO DEL EJERCICIO DEL
PRESUPUESTO DE EGRESOS DETALLADO TRIMESTRAL Y ANUAL SI SI SI NO
- LDF (CLASIFICACIÓN DE SERVICIOS
PERSONALES POR CATEGORÍA)
Incumpliendo con lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, Artículos
51 y 56; Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, Artículos
4 y 58; Criterios para la elaboración y presentación homogénea de la información financiera
y de los formatos a que hace referencia la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades
Federativas y los Municipios emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable
(CONAC); lo que a la letra dice:
Ley General de Contabilidad Gubernamental
Artículo 51: “La información financiera que generen los entes públicos en cumplimiento de esta Ley será organizada, sistematizada
y difundida por cada uno de éstos, al menos, trimestralmente en sus respectivas páginas electrónicas de internet, a más tardar 30 días
después del cierre del período que corresponda, en términos de las disposiciones en materia de transparencia que les sean aplicables y, en
su caso, de los criterios que emita el consejo. La difusión de la información vía internet no exime los informes que deben presentarse ante el
Congreso de la Unión y las legislaturas locales, según sea el caso.”.
Artículo 56: “La generación y publicación de la información financiera de los entes públicos a que se refiere este Título, se hará conforme a
las normas, estructura, formatos y contenido de la información, que para tal efecto establezca el consejo y difundirse en la página de Internet
del respectivo ente público. Dicha información podrá complementar la que otros ordenamientos jurídicos aplicables ya disponen en este
ámbito para presentarse en informes periódicos y en las cuentas públicas. Asimismo, la información se difundirá en los medios oficiales de
difusión en términos de las disposiciones aplicables.”.
Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios
Artículo 4: “El Consejo Nacional de Armonización Contable, en los términos de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, emitirá las
normas contables necesarias para asegurar su congruencia con la presente Ley, incluyendo los criterios a seguir para la elaboración y
presentación homogénea de la información financiera referida en la misma.”.
Artículo 58: “Los Entes Públicos se sujetarán a la Ley General de Contabilidad Gubernamental para presentar la información financiera en
los informes periódicos correspondientes y en su respectiva Cuenta Pública. Lo anterior, sin perjuicio de las obligaciones de información
establecidas en la Ley de Coordinación Fiscal, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y el Título Tercero Bis de la Ley
General de Salud, relativas a las Transferencias federales etiquetadas.”.
Criterios para la elaboración y presentación homogénea de la información financiera y de los formatos a que hace referencia la Ley
de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable
(CONAC).
RESULTADO: AC-06 CON OBSERVACIÓN
RENDICIÓN DE CUENTAS
Con la finalidad de constatar que el ente fiscalizado cumplió con el contenido y con la presentación
de los informes trimestrales y anuales que establece la Ley General de Contabilidad Gubernamental
en materia de rendición de cuentas, se verificó el cumplimiento de las obligaciones de presentación
de los Informes de Estados Financieros, Informes de Avance de Gestión Financiera, de la Cuenta
Pública, de los informes en los Sistemas de Recursos Federales Transferidos y Matriz de Inversión
para el Desarrollo Social (MIDS), de acuerdo a lo siguiente:
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