Page 27 - San Miguel Tenango
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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
austeridad, planeación, eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez.”.
Artículo 68 párrafo primero fracción IX: “El Presidente Municipal, es el representante político y responsable directo de la administración
pública municipal, encargado de velar por la correcta ejecución de las disposiciones del Ayuntamiento, con las siguientes facultades y
obligaciones”; IX: “Proponer al Ayuntamiento los proyectos de Ley de Ingresos y de Presupuestos de Egresos con base en la perspectiva
de género y atendiendo a los principios constitucionales de austeridad, planeación, eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez,
igualdad y no discriminación……”.
Artículo 95 fracción VI: “Son atribuciones del Tesorero Municipal: VI.- Proponer al Presidente Municipal en tiempo y forma los anteproyectos
de la Ley de Ingresos … atendiendo a los principios constitucionales de austeridad, planeación, eficiencia, eficacia, economía, transparencia
y honradez. Anteproyectos que, en último(sic) año del gobierno municipal, será el Presidente Municipal entrante quien los proponga en los
términos establecidos por el artículo 43 fracción XXI de esta Ley.”.
Artículo 123 párrafo primero: “La iniciativa de la Ley de Ingresos Municipales …, se deberán elaborara por el Ayuntamiento con estricto
apego a los principios constitucionales de austeridad, planeación, eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, así como a
las disposiciones contenidas en las leyes y decretos fiscales federales, estatales y municipales que resulten aplicables y con base en los
convenios respectivos. La iniciativa de Ley de Ingresos Municipales deberá aprobarse por la mayoría calificada en sesión de cabildo que será
presidida por la presidencia municipal o quien la substituya legalmente, con la presencia de la o las sindicaturas y la regiduría de hacienda,
para su presentación como iniciativa de Ley ante el Congreso del Estado a más tardar el último día del mes de noviembre de cada año en los
términos establecidos en la fracción XXI del artículo 43 de esta Ley”.
OBLIGACIONES EN ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS
De la revisión y análisis a la documentación e información presentada por el ente fiscalizado,
se constató que el H. Ayuntamiento del Municipio de San Miguel Tenango, Distrito de
Tehuantepec, Oaxaca, no presentó a requerimiento el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos
para el ejercicio fiscal 2022, ni evidencia de que haya sido propuesto por el Tesorero Municipal.
Por otra parte, se verificó que el Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal 2022, fue aprobado
mediante Acta de Sesión de Cabildo de fecha 15 de diciembre de 2021 y fue difundido a través de la
página oficial del Consejo Estatal de Armonización Contable de la Secretaría de Finanzas del Poder
Ejecutivo del Estado denominada https://ceaco.finanzasoaxaca.gob.mx. Sin embargo, no presentó
evidencia de que haya sido presentado ante el extinto Órgano Superior de Fiscalización del Estado
ahora Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca y evidencia de su publicación en el
Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca o en la Gaceta Municipal.
Con la finalidad de verificar que el Presupuesto de Egresos aprobado para el ejercicio fiscal 2022,
se haya elaborado conforme a lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental,
Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios y las normas emitidas
por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), se efectuó la revisión y análisis a la
estructura del Presupuesto de Egresos Aprobado, verificando lo siguiente: El Presupuesto de
Egresos Aprobado para el ejercicio fiscal 2022, integra la información referente a las prioridades
de gasto, programas y proyectos, la distribución del presupuesto detallando el gasto en servicios
personales, incluyendo el analítico de plazas y desglosando todas las remuneraciones; gastos
de operación, incluyendo gasto de inversión, entre otros; listado de programas y sus indicadores
estratégicos y de gestión; y la aplicación de los recursos conforme a las clasificaciones
administrativa, funcional, programática y por objeto del gasto. La información integrada por capítulo
de gasto se detalla a continuación:
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