Page 26 - San Miguel Tenango
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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022 El ente fiscalizado presentó a requerimiento la Iniciativa de Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal
2022, sin embargo, no presentó el Acta de Sesión de Cabildo mediante la cual haya sido aprobada,
así como evidencia de que haya sido presentada en Oficialía de Partes del Poder Legislativo
del Estado de Oaxaca. Por otra parte, presentó la Ley de ingresos aprobada mediante decreto
número 79 por el Poder Legislativo Estatal, como Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2022 del
H. Ayuntamiento del Municipio de San Miguel Tenango, Distrito de Tehuantepec, Oaxaca, y
publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca el 05 de febrero de 2022.
Del análisis efectuado a la estructura y contenido de la Ley de Ingresos aprobada, se constató que
en su elaboración se incluyen las fuentes de ingresos ordinarios y extraordinarios, que desagregan
los importes por clasificación de ingresos, incluyendo los Recursos Federales estimados por
concepto de Participaciones y Aportaciones para el ejercicio 2022, así como los Ingresos de
Gestión a recaudar e ingresos derivados de financiamiento. Así también, se constata que incluye
los Objetivos, Estrategias y metas de los Ingresos de la Hacienda Pública, Proyecciones de Finanzas
Públicas y Resultados de las Finanzas Pública. La Ley de Ingresos Aprobada para el ejercicio fiscal
2022 del H. Ayuntamiento del Municipio de San Miguel Tenango, Distrito de Tehuantepec,
Oaxaca, muestra la siguiente información a nivel rubro:
CONCEPTOS DE INGRESOS (FUENTE) MONTO ESTIMADO SEGÚN LEY DE
INGRESOS
INGRESOS DE GESTIÓN
IMPUESTOS APROBADA PARA EL EJERCICIO FISCAL
CONTRIBUCIONES DE MEJORAS 2022
DERECHOS 18,000.00
PRODUCTOS -
APROVECHAMIENTOS -
INGRESOS POR VENTA DE BIENES, PRESTACION DE SERVICIOS Y OTROS INGRESOS 15,000.00
PARTICIPACIONES, APORTACIONES, CONVENIOS INCENTIVOS DERIVADOS DE LA 3,000.00
COLABORACIÓN FISCAL Y FONDOS DISTINTOS DE APORTACIONES -
PARTICIPACIONES -
APORTACIONES
CONVENIOS 5,509,072.53
INCENTIVOS DERIVADOS DE LA COLABORACIÓN FISCAL
FONDOS DISTINTOS DE APORTACIONES 1,618,515.00
INGRESOS DERIVADOS DE FINANCIAMIENTO 3,890,555.53
TOTAL DE INGRESOS ESTIMADOS 2.00
0.00
0.00
0.00
$5,527,072.53
Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:
Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios
Artículo 18 párrafo primero: “Las iniciativas de las Leyes de Ingresos y los proyectos de Presupuestos de Egresos de los Municipios se
deberán elaborar conforme a lo establecido en la legislación local aplicable, en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y las normas
que emita el Consejo Nacional de Armonización Contable, con base en objetivos, parámetros cuantificables e indicadores del desempeño;
deberán ser congruentes con los planes estatales y municipales de desarrollo y los programas derivados de los mismos; e incluirán cuando
menos objetivos anuales, estrategias y metas.”.
Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca
Artículo 43 párrafo primero fracciones II y XXI: “Son atribuciones del Ayuntamiento II.- Proponer ante la Legislatura del Estado, iniciativas
de leyes, decretos y acuerdos en materia municipal,”; XXI: “Elaborar y presentar en forma digital editable ante el Congreso del Estado, a más
tardar el último día del mes de noviembre de cada año, la iniciativa de Ley de Ingresos Municipales que deberá regir durante el año fiscal
siguiente…”.
Artículo 47 fracción XVI: “Los acuerdos de sesión de Cabildo se tomarán de forma transparente, por mayoría simple o calificada de sus
integrantes. Se entenderá por mayoría simple, la votación de la mitad mas uno de los miembros del Ayuntamiento. Por mayoría calificada, la
votación de las dos terceras partes de los integrantes del Ayuntamiento. Se requiere el voto de la mayoría calificada para dictar los siguientes
acuerdos”; XVI: “Aprobar los proyectos de Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos atendiendo a los principios constitucionales de
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