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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022  El ente fiscalizado presentó a requerimiento la Iniciativa de Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal
                                                  2022, sin embargo, no presentó el Acta de Sesión de Cabildo mediante la cual haya sido aprobada,
                                                  así como evidencia de que haya sido presentada en Oficialía de Partes del Poder Legislativo
                                                  del Estado de Oaxaca. Por otra parte, presentó la Ley de ingresos aprobada mediante decreto
                                                  número 79 por el Poder Legislativo Estatal, como Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2022 del
                                                  H. Ayuntamiento del Municipio de San Miguel Tenango, Distrito de Tehuantepec, Oaxaca, y
                                                  publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca el 05 de febrero de 2022.

                                                  Del análisis efectuado a la estructura y contenido de la Ley de Ingresos aprobada, se constató que
                                                  en su elaboración se incluyen las fuentes de ingresos ordinarios y extraordinarios, que desagregan
                                                  los importes por clasificación de ingresos, incluyendo los Recursos Federales estimados por
                                                  concepto de Participaciones y Aportaciones para el ejercicio 2022, así como los Ingresos de
                                                  Gestión a recaudar e ingresos derivados de financiamiento. Así también, se constata que incluye
                                                  los Objetivos, Estrategias y metas de los Ingresos de la Hacienda Pública, Proyecciones de Finanzas
                                                  Públicas y Resultados de las Finanzas Pública. La Ley de Ingresos Aprobada para el ejercicio fiscal
                                                  2022 del H. Ayuntamiento del Municipio de San Miguel Tenango, Distrito de Tehuantepec,
                                                  Oaxaca, muestra la siguiente información a nivel rubro:

                                                                                       CONCEPTOS DE INGRESOS (FUENTE)         MONTO ESTIMADO SEGÚN LEY DE
                                                                                                                                                INGRESOS
                                                  INGRESOS DE GESTIÓN
                                                  IMPUESTOS                                                               APROBADA PARA EL EJERCICIO FISCAL
                                                  CONTRIBUCIONES DE MEJORAS                                                                         2022
                                                  DERECHOS                                                                                                              18,000.00
                                                  PRODUCTOS                                                                                                                            -
                                                  APROVECHAMIENTOS                                                                                                                     -
                                                  INGRESOS POR VENTA DE BIENES, PRESTACION DE SERVICIOS Y OTROS INGRESOS                                                 15,000.00
                                                  PARTICIPACIONES, APORTACIONES, CONVENIOS INCENTIVOS DERIVADOS DE LA                                                      3,000.00
                                                  COLABORACIÓN FISCAL Y FONDOS DISTINTOS DE APORTACIONES                                                                               -
                                                  PARTICIPACIONES                                                                                                                      -
                                                  APORTACIONES
                                                  CONVENIOS                                                                                                       5,509,072.53
                                                  INCENTIVOS DERIVADOS DE LA COLABORACIÓN FISCAL
                                                  FONDOS DISTINTOS DE APORTACIONES                                                                                    1,618,515.00
                                                  INGRESOS DERIVADOS DE FINANCIAMIENTO                                                                              3,890,555.53

                                                                                          TOTAL DE INGRESOS ESTIMADOS                                                            2.00
                                                                                                                                                                                  0.00
                                                                                                                                                                                  0.00
                                                                                                                                                                                  0.00
                                                                                                                                                                 $5,527,072.53

                                                  Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:

                                                          Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios

                                                          Artículo 18 párrafo primero: “Las iniciativas de las Leyes de Ingresos y los proyectos de Presupuestos de Egresos de los Municipios se
                                                          deberán elaborar conforme a lo establecido en la legislación local aplicable, en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y las normas
                                                          que emita el Consejo Nacional de Armonización Contable, con base en objetivos, parámetros cuantificables e indicadores del desempeño;
                                                          deberán ser congruentes con los planes estatales y municipales de desarrollo y los programas derivados de los mismos; e incluirán cuando
                                                          menos objetivos anuales, estrategias y metas.”.

                                                          Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca

                                                          Artículo 43 párrafo primero fracciones II y XXI: “Son atribuciones del Ayuntamiento II.- Proponer ante la Legislatura del Estado, iniciativas
                                                          de leyes, decretos y acuerdos en materia municipal,”; XXI: “Elaborar y presentar en forma digital editable ante el Congreso del Estado, a más
                                                          tardar el último día del mes de noviembre de cada año, la iniciativa de Ley de Ingresos Municipales que deberá regir durante el año fiscal
                                                          siguiente…”.
                                                          Artículo 47 fracción XVI: “Los acuerdos de sesión de Cabildo se tomarán de forma transparente, por mayoría simple o calificada de sus
                                                          integrantes. Se entenderá por mayoría simple, la votación de la mitad mas uno de los miembros del Ayuntamiento. Por mayoría calificada, la
                                                          votación de las dos terceras partes de los integrantes del Ayuntamiento. Se requiere el voto de la mayoría calificada para dictar los siguientes
                                                          acuerdos”; XVI: “Aprobar los proyectos de Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos atendiendo a los principios constitucionales de

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