Page 24 - San Miguel Tenango
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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022                       REGISTRADO EN EL INVENTARIO DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES                                REGISTRO
                                                                                                                                                                   SEGÚN
                                                        NUM   CONCEPTO DE BIEN      MARCA MODELO NÚMERO DE SERIE          OBSERVACIONES           VALOR DE                 PÓLIZA DE
                                                  INVENTARIO       REGISTRADO                                                                     REGISTRO     INVENTARIO  REGISTRO
                                                                                                                                                              PRESENTADO
                                                                                                                                                              POR EL ENTE

                                                                                               BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES

                                                                                               MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMINISTRACION

                                                                                                      MUEBLES DE OFICINA Y ESTANTERIA

                                                              2 ARCHIVEROS                     17009 de 000000000011491-  ARCHIVERO METÁLICO

                                                  5110119167  METALICOS CON TRES METALICO      metal    06                CON TRES GAVETAS DE     5,826.11    5,826.11 D-000001

                                                              GAVETAS                                                     METAL COLOR NEGRO

                                                                                    EQUIPO DE COMUNICACION Y TELECOMUNICACION

                                                              EQUIPOS     PARA                                            EQUIPOS       PARA

                                                              PROYECTO DE LA                                              PROYECTO DE LA

                                                              PRIMERA     ETAPA                                           PRIMERA       ETAPA

                                                              DEL SISTEMA DE                                              DEL SISTEMA DE

                                                              AMPLIACION  DEL                                             AMPLIACION    DEL

                                                              SISTEMA     CELULAR                                         SISTEMA       CELULAR

                                                              PARA EXTERIOR EN                                            PARA EXTERIOR EN

                                                  5650200001  LA BANDA ANCHA DE     anteneta   850 mhz  000123333333      LA BANDA ANCHA DE       200,000.00  200,000.00 D-000001
                                                                                    sectorial
                                                              850 MHZ, ANTENA                                             850 MHZ, ANTENA

                                                              DONADORA ANTENA                                             DONADORA ANTENA

                                                              SECTORIAL, SUPRESOR                                         SECTORIAL, SUPRESOR

                                                              DE DESCARGA, CABLE                                          DE DESCARGA,

                                                              COAXIAL, CONECTORES,                                        CABLE         COAXIAL,

                                                              KIT. PARA ATERRIZAR                                         CONECTORES,   KIT.

                                                              DIVISO                                                      PARA         ATERRIZAR

                                                                                                                          DIVISO

                                                  d)	De la revisión al contenido del inventario de bienes inmuebles al 31 de diciembre de 2022
                                                      integrado en la Cuenta Pública Municipal, se identificó que incluye el bien con número de
                                                      inventario 03020110011 denominado “Ampliaci?n del comedor comunitario” [sic] y por el tipo
                                                      de registro se aprecia que se trató de la construcción de infraestructura en bienes de dominio
                                                      público que debió ser reconocida en gasto no capitalizable a su conclusión.

                                                    e)	 De la revisión al contenido de los inventarios de bienes muebles e inmuebles al 31 de diciembre
                                                        de 2022, presentados por la Entidad Fiscalizable a requerimiento de auditoría, aunque
                                                        se registró el nombre de la persona resguardante, la Entidad Fiscalizable no presentó los
                                                        resguardos de bienes que acrediten que dispone de mecanismos de control que aseguren el
                                                        buen uso y adecuada administración de los activos que integran el patrimonio del Municipio.

                                                  Incumpliendo con lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, Artículos
                                                  23, 24, 25, 26, 27, 28 y 30; Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, Artículos 68,
                                                  párrafo primero fracción I, 71, párrafo primero fracción IX, 95, párrafo primero fracciones I y
                                                  III, 109, 110, 111, 112 y 126 QUATER, párrafo primero fracción II; Acuerdo por el que el Consejo
                                                  Nacional de Armonización Contable emite las Reglas Específicas del Registro y Valoración
                                                  del Patrimonio, en la Regla identificada con el número 2 Obras Públicas; Acuerdo por el
                                                  que se emiten las Principales Reglas de Registro y Valoración del Patrimonio (Elementos
                                                  Generales); Acuerdo por el que se emiten las Principales Reglas Específicas de Registro
                                                  y Valoración del Patrimonio; Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos dirigidos a
                                                  asegurar que el Sistema de Contabilidad Gubernamental facilite el Registro y Control de los
                                                  Inventarios de los Bienes Muebles e Inmuebles de los Entes Públicos; Acuerdo por el que se
                                                  emiten los Lineamientos para la Elaboración del Catálogo de Bienes Inmuebles que permita
                                                  la interrelación automática con el Clasificador por Objeto del Gasto y la Lista de Cuentas;
                                                  Consejo Nacional de Armonización Contable; lo que a la letra dice:

                                                          Ley General de Contabilidad Gubernamental

                                                          Artículo 23: “Los entes públicos deberán registrar en su contabilidad los bienes muebles e inmuebles siguientes:”; I: “Los inmuebles
                                                          destinados a un servicio público conforme a la normativa aplicable; excepto los considerados como monumentos arqueológicos, artísticos o
                                                          históricos conforme a la Ley de la materia;”; II: “Mobiliario y equipo, incluido el de cómputo, vehículos y demás bienes muebles al servicio de
                                                          los entes públicos, y”; III: “Cualesquiera otros bienes muebles e inmuebles que el consejo determine que deban registrarse.”; “Asimismo, en la
                                                          cuenta pública incluirán la relación de los bienes que componen su patrimonio conforme a los formatos electrónicos que apruebe el consejo.”.
                                                          Artículo 24: “Los registros contables de los bienes a que se refiere el artículo anterior se realizarán en cuentas específicas del activo.”.
                                                          Artículo 25; “Los entes públicos, conforme lo determine el Consejo en términos de las disposiciones jurídicas aplicables, elaborarán un

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