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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022  Incumpliendo con lo establecido en la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas
                                                  y los Municipios, Artículo 19; lo que a la letra dice:

                                                          Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios

                                                      Artículo 19: “El Gasto total propuesto por el Ayuntamiento del Municipio en el proyecto de Presupuesto de Egresos, el aprobado y el que
                                                      se ejerza en el año fiscal, deberán contribuir al Balance presupuestario sostenible. El Ayuntamiento del Municipio deberá generar Balances
                                                      presupuestarios sostenibles. Se considerará que el Balance presupuestario cumple con el principio de sostenibilidad, cuando al final del
                                                      ejercicio fiscal y bajo el momento contable devengado, dicho balance sea mayor o igual a cero. Igualmente, el Balance presupuestario de
                                                      recursos disponibles es sostenible, cuando al final del ejercicio y bajo el momento contable devengado, dicho balance sea mayor o igual a
                                                      cero. El Financiamiento Neto que, en su caso, se contrate por parte del Municipio y se utilice para el cálculo del Balance presupuestario de
                                                      recursos disponibles sostenible, deberá estar dentro del Techo de Financiamiento Neto que resulte de la aplicación del Sistema de Alertas, de
                                                      acuerdo con el artículo 46 de esta Ley. Debido a las razones excepcionales a que se refiere el artículo 7 de esta Ley, la Legislatura local podrá
                                                      aprobar un Balance presupuestario de recursos disponibles negativo para el Municipio respectivo. Para tal efecto, el tesorero municipal o su
                                                      equivalente, será responsable de cumplir lo previsto en el artículo 6, párrafos tercero a quinto de esta Ley.”.

                                                  2.	 De la revisión a la información del Formato 4 Balance Presupuestario-LDF del 01 de enero al 31

                                                      de diciembre de 2022 integrado en la Cuenta Pública Municipal del ejercicio fiscal 2022 del H.
                                                      Ayuntamiento del Municipio de San Miguel Tenango, Distrito de Tehuantepec, Oaxaca,
                                                      se aprecia que no cumplió con el principio de sostenibilidad en virtud que no contribuyó a un
                                                      Balance Presupuestario de Recursos Disponibles Sostenibles, ya que al final del ejercicio fiscal

                                                      2022 y bajo el momento contable devengado, generó un balance presupuestario en negativo
                                                      por la cantidad de $193,646.60 (Ciento noventa y tres mil seiscientos cuarenta y seis
                                                      pesos 60/100 M.N.), como se refleja en el siguiente detalle:

                                                                                   BALANCE PRESUPUESTARIO DE RECURSOS DISPONIBLES        DEVENGADO
                                                                                                             Al 31 de diciembre de 2022         1,810,996.74
                                                                                                                           (Pesos)                          0.00

                                                                                                      CONCEPTO                                 2,004,643.34
                                                      (A1) Ingresos de Libre Disposición                                                                    0.00
                                                      (A3.1) Financiamiento Neto con fuente de Pago de Ingresos de Libre Disposición
                                                      (B1) Gasto No Etiquetado (Sin incluir amortización de la deuda pública)               -$ 193,646.60
                                                      (C1) Remanente de ingresos de libre disposición aplicados en el periodo
                                                      (A1 + A3.1 – B 1 + C1) Balance Presupuestario de Recursos Disponibles

                                                  	 De lo anterior, se observa que la Entidad Fiscalizable registró ingresos de libre disposición por
                                                      la cantidad de $1’810,996.74 (Un millón ochocientos diez mil novecientos noventa y seis
                                                      pesos 74/100 M.N.), sin registro de Financiamiento Neto con fuente de Pago de Ingresos
                                                      de Libre Disposición, presentando como Gasto no Etiquetado (Sin incluir amortización de la
                                                      deuda pública), un importe de $2’004,643.34 (Dos millones cuatro mil seiscientos
                                                      cuarenta y tres pesos 34/100 M.N.), sin registro de Remanente de ingresos de libre
                                                      disposición aplicados en el período; en virtud de lo cual el H. Ayuntamiento del Municipio de
                                                      San Miguel Tenango, Distrito de Tehuantepec, Oaxaca, generó un Balance Presupuestario
                                                      negativo de Recursos Disponibles por un importe de $193,646.60 (Ciento noventa y tres
                                                      mil seiscientos cuarenta y seis pesos 60/100 M.N.); en virtud de haber devengado al
                                                      cierre del ejercicio un ingreso de libre disposición menor al Gasto no etiquetado devengado,
                                                      determinando que no generó ni contribuyó al Balance Presupuestario de Recursos Disponibles
                                                      del Municipio.

                                                  	 Incumpliendo con lo establecido en la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades
                                                      Federativas y los Municipios, Artículo 19; lo que a la letra dice:

                                                      Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios

                                                      Artículo 19: “El Gasto total propuesto por el Ayuntamiento del Municipio en el proyecto de Presupuesto de Egresos, el aprobado y el que
                                                      se ejerza en el año fiscal, deberán contribuir al Balance presupuestario sostenible. El Ayuntamiento del Municipio deberá generar Balances
                                                      presupuestarios sostenibles. Se considerará que el Balance presupuestario cumple con el principio de sostenibilidad, cuando al final del
                                                      ejercicio fiscal y bajo el momento contable devengado, dicho balance sea mayor o igual a cero. Igualmente, el Balance presupuestario de
                                                      recursos disponibles es sostenible, cuando al final del ejercicio y bajo el momento contable devengado, dicho balance sea mayor o igual a
                                                      cero. El Financiamiento Neto que, en su caso, se contrate por parte del Municipio y se utilice para el cálculo del Balance presupuestario de
                                                      recursos disponibles sostenible, deberá estar dentro del Techo de Financiamiento Neto que resulte de la aplicación del Sistema de Alertas, de

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