Page 17 - Unión Hidalgo
P. 17

AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

y” VIII: “Las demás erogaciones que considere el Ayuntamiento necesarias para el beneficio del Municipio.” “Las modificaciones que                     INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
sufra el Presupuesto de Egresos en los conceptos generales a que se refiere este artículo, seguirán el mismo procedimiento que para su
aprobación.”.
Artículo 129: “El Presupuesto de Egresos y las modificaciones que sufra en su caso, serán publicados en el Periódico Oficial del Gobierno
del Estado o en la Gaceta Municipal.”.

•	 Asimismo, del importe aprobado en el Presupuesto de Egresos en el capítulo 1000 “Servicios
   personales”, se conoció que la Entidad Fiscalizable asignó recursos para el citado capítulo
   en un importe de $9’650,000.00 (Nueve millones seiscientos cincuenta mil pesos
   00/100 M.N.), y del análisis al Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos
   Clasificación por Objeto del Gasto (Capitulo y concepto) del 01 enero al 31 de diciembre
   de 2022, se observó que la Entidad Fiscalizable registró un incremento en la asignación
   global de Servicios personales aprobada originalmente en el Presupuesto de Egresos, por
   la cantidad de $13’222,823.50 (Trece millones doscientos veintidós mil ochocientos
   veintitrés pesos 50/100 M.N.), presentando en el presupuesto modificado en el capítulo
   1000 “Servicios personales” un importe de $22’872,823.50 (Veintidós millones
   ochocientos setenta y dos mil ochocientos veintitrés pesos 50/100 M.N.).

•	 Se verificó el registro del gasto comprometido, momento contable que refleja la aprobación
   del Ayuntamiento del Municipio, de los actos administrativos u otro instrumento jurídico que
   formalizó una relación jurídica con terceros para la adquisición de bienes y servicios o por
   la ejecución de obras. Sin embargo, de la revisión al respaldo del sistema de contabilidad
   que manejó la Entidad Fiscalizable en el ejercicio fiscal 2022, se observa que al contabilizar
   la sub subcuenta 82411-1132 Sueldo al Personal de Confianza, la Entidad Fiscalizable
   no cumplió con la parte normativa del registro, ya que no contabilizó el monto del gasto
   presupuestal anual de las plazas ocupadas al inicio del ejercicio, como consta en el auxiliar
   de la cuenta 82411 Presupuesto de Egresos Comprometido y en el registro de la póliza diario
   número 000371 de fecha 15 de febrero de 2022.

Incumpliendo con lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, Artículos
38 fracción I, 67; Capítulo III, Plan de Cuentas del Manual de Contabilidad Gubernamental;
“Acuerdo por el que se emiten las Normas y Metodología para la Determinación de los
Momentos Contables de los Egresos”; Acuerdos emitidos por el Consejo Nacional de
Armonización Contable (CONAC); lo que a la letra dice:

         Ley General de Contabilidad Gubernamental

         Artículo 38 fracción I: “El registro de las etapas del presupuesto de los entes públicos se efectuará en las cuentas contables que, para tal
         efecto, establezca el consejo, las cuales deberán reflejar:”; I: “En lo relativo al gasto, el aprobado, modificado, comprometido, devengado,
         ejercido y pagado, y”.
         Artículo 67: “Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos justificativos y comprobatorios que
         correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto comprometido y devengado, en términos de las
         disposiciones que emita el consejo.”; “Los entes públicos implementarán programas para que los pagos se hagan directamente en forma
         electrónica, mediante abono en cuenta de los beneficiarios, salvo en las localidades donde no haya disponibilidad de servicios bancarios.”;
         “Los entes públicos publicarán en Internet la información sobre los montos pagados durante el periodo por concepto de ayudas y subsidios a
         los sectores económicos y sociales, identificando el nombre del beneficiario, y en lo posible la Clave Única de Registro de Población cuando
         el beneficiario sea persona física o el Registro Federal de Contribuyentes con Homoclave cuando sea persona moral o persona física con
         actividad empresarial y profesional, y el monto recibido.”.

         Plan de Cuentas del Manual de Contabilidad Gubernamental, Capítulo III

         “Acuerdo por el que se emiten las Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los Egresos”, que
         especifican el registro de las etapas del gasto, debiendo registrar los documentos justificativos y comprobatorios del gasto comprometido y
         devengado en términos de las disposiciones del Consejo

         Acuerdos emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC)

RESULTADO: AC-02	  SIN OBSERVACIÓN
CUENTAS BANCARIAS

Con la finalidad de verificar el cumplimiento del artículo 69 de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental, se revisó la información presentada por el ente fiscalizado, específicamente
los contratos de apertura de las cuentas bancarias, los estados de cuenta bancarios, el respaldo
del sistema de contabilidad que manejó el ente fiscalizado en el ejercicio fiscal 2022 y la Ley de

                                                          15
   12   13   14   15   16   17   18   19   20   21   22