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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
Ley Federal del Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
Artículo 85 párrafo primero fracción II: “Los recursos federales aprobados en el Presupuesto de Egresos para ser transferidos a las
entidades federativas y, por conducto de éstas, a los municipios y las demarcaciones territoriales del Distrito Federal se sujetarán a
lo siguiente:”; II: “Las entidades federativas enviarán al Ejecutivo Federal, de conformidad con los lineamientos y mediante el sistema de
información establecido para tal fin por la Secretaría, informes sobre el ejercicio, destino y los resultados obtenidos, respecto de los recursos
federales que les sean transferidos. Los informes a los que se refiere esta fracción deberán incluir información sobre la incidencia del
ejercicio de los recursos de los Fondos de Aportaciones Federales a que se refiere el Capítulo V de la Ley de Coordinación Fiscal, de manera
diferenciada entre mujeres y hombres. Para los efectos de esta fracción, las entidades federativas y, por conducto de éstas, los municipios
y las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, remitirán al Ejecutivo Federal la información consolidada a más tardar a los 20 días
naturales posteriores a la terminación de cada trimestre del ejercicio fiscal. La Secretaría incluirá los reportes señalados en esta fracción, por
entidad federativa, en los informes trimestrales; asimismo, pondrá dicha información a disposición para consulta en su página electrónica
de Internet, la cual deberá actualizar a más tardar en la fecha en que el Ejecutivo Federal entregue los citados informes. Las entidades
federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, publicarán los informes a que se refiere esta fracción en los
órganos locales oficiales de difusión y los pondrán a disposición del público en general a través de sus respectivas páginas electrónicas de
Internet o de otros medios locales de difusión, a más tardar a los 5 días hábiles posteriores a la fecha señalada en el párrafo anterior.”.
LEY DE DISCIPLINA FINANCIERA DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y LOS MUNICIPIOS
Derivado de la revisión y análisis a la documentación e información presentada por la Entidad
Fiscalizable, consistente en la Iniciativa de Ley de Ingresos, Ley de Ingresos aprobada para el
ejercicio fiscal 2022, Presupuesto de Egresos Aprobado para el ejercicio fiscal 2022, y los formatos
de Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios integrados en la
Cuenta Pública Municipal del ejercicio fiscal 2022 del H. Ayuntamiento del Municipio de Unión
Hidalgo, Distrito de Juchitán, Oaxaca, con relación al cumplimiento de las reglas de disciplina
financiera establecidas en la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los
Municipios, se determinan los siguientes resultados:
RESULTADO: AC-07 CON OBSERVACIÓN
BALANCE PRESUPUESTARIO SOSTENIBLE Y LA RESPONSABILIDAD HACENDARIA DE LOS
MUNICIPIOS
1. De la revisión a la información del Formato 4 Balance Presupuestario-LDF del 01 de enero al
31 de diciembre de 2022 integrado en la Cuenta Pública Municipal del ejercicio fiscal 2022
del H. Ayuntamiento del Municipio de Unión Hidalgo, Distrito de Juchitán, Oaxaca, a
efecto de corroborar si cumplió con el principio de sostenibilidad, se identificó que al final del
ejercicio fiscal 2022 y bajo el momento contable devengado generó un Balance Presupuestario
sostenible en cantidad $5’781,215.75 (Cinco millones setecientos ochenta y un mil
doscientos quince pesos 75/100 M.N.), por lo que cumplió con el principio de sostenibilidad
contribuyendo a generar un Balance Presupuestario Sostenible, de acuerdo al siguiente
análisis:
BALANCE PRESUPUESTARIO DEVENGADO
Al 31 de diciembre de 2022 59,322,227.56
(Pesos) 53,541,011.81
0.00
CONCEPTO $5,781,215.75
(A) Ingresos Totales
(B) Egresos Presupuestarios
(C) Remanentes del ejercicio anterior
(A-B+C) Balance Presupuestario
De la información anterior, se observó que el ente fiscalizado registró ingresos totales por la
cantidad de $59’322,227.56 (Cincuenta y nueve millones trescientos veintidós mil
doscientos veintisiete pesos 56/100 M.N.); egresos presupuestarios por un importe
de $53’541,011.81 (Cincuenta y tres millones quinientos cuarenta y un mil once
pesos 81/100 M.N.), no reportando Remanentes del ejercicio anterior, generando un
Balance Presupuestario sostenible por un importe de $5’781,215.75 (Cinco millones
setecientos ochenta y un mil doscientos quince pesos 75/100 M.N.); en razón de lo cual,
el H. Ayuntamiento del Municipio de Unión Hidalgo, Distrito de Juchitán, Oaxaca, dio
cumplimiento con la regla de disciplina financiera de balance presupuestario establecida en
el artículo 19 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios;
determinando que generó un Balance Presupuestario Sostenible del Municipio.
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