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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:
Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.
Artículo 18 párrafo tercero fracciones I y III: “Los Municipios, en adición a lo previsto en los párrafos anteriores, deberán incluir en las
iniciativas de las Leyes de Ingresos y los proyectos de Presupuestos de Egresos: I. Proyecciones de finanzas públicas, considerando las
premisas empleadas en los Criterios Generales de Política Económica. Las proyecciones se realizarán con base en los formatos que emita
el Consejo Nacional de Armonización Contable y abarcarán un periodo de tres años en adición al ejercicio fiscal en cuestión, las que se
revisarán y, en su caso, se adecuarán anualmente en los ejercicios subsecuentes; III. Los resultados de las finanzas públicas que abarquen un
periodo de los tres últimos años y el ejercicio fiscal en cuestión, de acuerdo con los formatos que emita el Consejo Nacional de Armonización
Contable para este fin.”.
CRITERIOS para la elaboración y presentación homogénea de la información financiera y de los formatos a que hace referencia la Ley
de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al
Ayuntamiento del Municipio de Villa Sola de Vega, Distrito de Sola de Vega, Oaxaca, para que
justificara o aclarara, conforme a las observaciones detalladas en cada uno de los aspectos de
cumplimiento de este resultado, y presentara dentro del plazo que establece el artículo 22 segundo
párrafo de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca, la
información y documentación que demostrara las acciones realizadas tendientes a solventar las
observaciones determinadas.
Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMB/0272/2023, notificado el día 08 de septiembre de
2023, se dieron a conocer al Ayuntamiento del Municipio de Villa Sola de Vega, Distrito de Sola
de Vega, Oaxaca, los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que, en un
plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.
El Ayuntamiento del Municipio de Villa Sola de Vega, Distrito de Sola de Vega, Oaxaca, en el
proceso de aclaraciones y justificaciones, mediante oficio MVSV/0257/2023 de fecha 11 de
septiembre de 2023, presentó documentación, como consta en el acta circunstanciada de fecha
04 de octubre del 2023; de este resultado en particular, presentó documentación en copias
certificadas, como se detalla a continuación:
CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA DE LA LEY GENERAL DE
CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL
De la consulta a la página oficial de la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado, en
el micrositio del Consejo Estatal de Armonización Contable de Oaxaca (CEACO), en la dirección
electrónica https://ceaco.finanzasoaxaca.gob.mx/docmunicipios.xhtm de lo que se observó que,
respecto del año 2022, no publicó información referente al Calendario de Ingresos base mensual,
Calendario de Egresos base mensual e Información de montos que reciban, obras y acciones a
realizar con el FAIS; y que si bien cumplió con la obligación de publicar los formatos relativos a los
Resultados de la evaluaciones de los recursos federales ministrados, dichos formatos no presentan
información relativa a especificar si tuvieron evaluaciones en el ejercicio fiscal 2022; presentó
documento denominado: evidencia de cumplimiento de obligaciones de transparencia de la Ley
General de Contabilidad Gubernamental; por lo que atendió este punto.
CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA DE LA LEY DE DISCIPLINA
FINANCIERA DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y LOS MUNICIPIOS
De la consulta en el micrositio del Consejo Estatal de Armonización Contable de Oaxaca (CEACO)
en la dirección electrónica https://ceaco.finanzasoaxaca.gob.mx de la Secretaría de Finanzas del
Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, constatándose que cumplió con la publicación de información
del año 2022, de todos los formatos establecidos en el documento denominado Criterios para la
elaboración y presentación homogénea de la información financiera y de los formatos a que hace
referencia la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; y que sin
embargo, las Proyecciones de ingresos–LDF y las Proyecciones de egresos-LDF, fueron publicados
sin información y el formato de Resultados de ingresos-LDF, no coincide con el formato de la Ley de
Ingresos aprobada; presentó documento denominado: evidencia de cumplimiento de obligaciones de
transparencia de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, por lo que atendió este punto.
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