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INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022 AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
derecho de los ciudadanos a un debido proceso. Fomenta la rendición de cuentas al reportar las
desviaciones y violaciones respecto de lo señalado unen las regulaciones, de modo que se tomen
medidas correctivas y para que quienes sean responsables rindan cuentas de sus acciones,
promueve la buena gobernanza, tanto identificando las debilidades y desviaciones respecto a las
leyes y regulaciones, como evaluando la decencia cuando las leyes y regulaciones sean insuficientes
o inadecuadas.
Es importante no perder de vista que, el estado de Oaxaca cuenta con 670 entes fiscalizables, 570
municipales y 100 estatales, por lo que, para determinar el número de entes a fiscalizar se consideró
lo siguiente:
• El presupuesto asignado para el ejercicio 2022,
• La capacidad instalada del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca ahora
Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca,
• La revisión a los avances trimestrales de la cuenta pública estatal y,
• Entes auditados en ejercicio anteriores.
Por lo antes expuesto se determinó la realización de 116 auditorías, 36 estatales y 80 municipales
a un total de 92 entes fiscalizables. Sin dejar de mencionar las auditorías por situaciones
excepcionales que se llegaran a determinar.
Los criterios utilizados en la selección del tipo de auditorías para determinar la idoneidad de los
entes fiscalizables, considera el grado de cumplimiento de obligaciones.
Asimismo, elementos esenciales y puntos de referencia cualitativa y cuantitativa, al considerarse su
relevancia, confiabilidad, y calidad de la información, lo que se traduce en factores que inciden en el
objetivo y el tipo de cada auditoría.
En el ámbito estatal y municipal se consideran diferentes tipos de variables, por la naturaleza del
ente.
Es importante resaltar que la fiscalización no solamente tiene como objetivo detectar irregularidades
monetarias que derive en un proceso sancionatorio, pues el análisis al cumplimiento y el desempeño
deberán dar resultados a mediano plazo, para el mejoramiento de la aplicación del gasto público, el
cual deberá hacerse sin presiones externas.
Con fecha tres de mayo y doce de junio de dos mil veintitrés, se publicaron los acuerdos de
modificación al Programa Anual de Auditorías, Visitas e Inspecciones 2023.
OBJETIVO
De conformidad con el artículo 16 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el
Estado de Oaxaca, el objetivo de la orden de auditoría OA/CPM/081/2023, consistió en:
I.- Evaluar los resultados de la gestión financiera respecto de:
a) La ejecución de la Ley de Ingresos y el ejercicio del Presupuesto de Egresos para verificar la
forma y términos en que los ingresos fueron recaudados, obtenidos, captados y administrados;
constatar que los recursos provenientes de financiamientos y otras obligaciones y empréstitos
se contrataron, recibieron y aplicaron de conformidad con lo aprobado; y revisar que los
egresos se ejercieron en los conceptos y partidas autorizadas, incluidos, entre otros aspectos,
la contratación de servicios y obra pública, las adquisiciones, arrendamientos, subsidios,
aportaciones, donativos, transferencias, aportaciones a fondos, fideicomisos y demás
instrumentos financieros, así como cualquier esquema o instrumento de pago a largo plazo;
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