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INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022 AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca
Artículo 120: “Para el desempeño de las funciones de la Administración Pública Municipal, el Ayuntamiento aprobará y expedirá las
disposiciones relativas a las enajenaciones, arrendamientos y contratación de servicios relacionados con bienes muebles e inmuebles
del Municipio, de conformidad a las disposiciones legales aplicables. Para los efectos del párrafo anterior, se creará un Comité de
Adquisiciones y Contratación de Servicios, el cual se integrará con un Regidor de cada una de las diversas fuerzas políticas que constituyan
el Ayuntamiento y con los servidores públicos que determine el mismo. Los ayuntamientos podrán establecer la aplicación supletoria de la
Ley para Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Oaxaca.”
Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Artículo 186 párrafo tercero: “Entre los documentos justificativos se encuentran los convenios, acuerdos, anexos que se suscriban
con instancias federales, estatales o municipales, acuerdos de los Comités o subcomités de adquisiciones según sea el caso, contratos,
solicitudes, requisiciones...”.
Por lo anterior, la Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al H.
Ayuntamiento del Municipio Santa María Zacatepec, Distrito de Putla, Oaxaca, comprobar, justificar
o aclarar la cantidad de $950,225.55 (Novecientos cincuenta mil doscientos veinticinco pesos
55/100 M.N.), conforme a la observación que se detalla en este Resultado y presentara dentro del
plazo que establece el artículo 22 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de
Cuentas para el Estado de Oaxaca, toda la información y documentación que demuestre las acciones
realizadas tendientes a solventar la observación determinada.
Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMA/481/2023, se notificó el día 06 de octubre de 2023,
los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que esa Entidad Fiscalizable en un
plazo de días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.
El Municipio de Santa María Zacatepec, Distrito de Putla, Oaxaca, en el proceso de aclaraciones
y justificaciones, mediante oficio número SMZ-PM/0447/2023/0402 de fecha 31 de octubre
del 2023, suscrito por el C. Denis Guzmán Peláez, Presidente Municipal, dirigido a la Titular de la
Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, como consta en el acta circunstanciada
de fecha 31 de octubre de 2023, presentó la siguiente información:
Respecto a la sub-subcuenta 51241-2471 MATERIALES METÁLICOS PARA LA
CONSTRUCCIÓN, por los pagos en cantidad de $950,225.55 (Novecientos cincuenta mil
doscientos veinticinco pesos 55/100 M.N.), presentó justificativa del gasto relativa oficios de
requerimiento de los materiales, oficios de autorización correspondiente, documentación referente al
proceso de contratación, recibos de entrega de material, así como evidencia del uso y destino de los
materiales; como se detalla en el ANEXO DAM-FC-10-SEG-10.
Por lo anterior, y una vez analizada la documentación presentada, se determina que subsiste la
observación. Por lo que se emite:
Pliego de Observaciones.
2022-OA/CPM/087/2023-PO-10
Se le requiere al H. Ayuntamiento del Municipio de Santa María Zacatepec, Distrito de
Putla, Oaxaca, presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca,
la documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $950,225.55
(Novecientos cincuenta mil doscientos veinticinco pesos 55/100 M.N.), relativo a:
En relación a la sub-subcuenta 51241-2471 MATERIALES METÁLICOS PARA LA
CONSTRUCCIÓN, se observó que los registros contables y presupuestarios no se encuentran
soportados con la documentación comprobatoria y justificativa del gasto relativa al Comprobante
Fiscal Digital por Internet, proceso de contratación, constancia de recepción, así como la evidencia
que demuestre el uso y destino de los materiales; asimismo, no canceló la documentación del
egreso con la leyenda “operado”, identificando el nombre del fondo de aportaciones, programa o
convenio con el que fueron financiadas; además los pagos realizados en efectivo; como se detalla en
el ANEXO DAM-FC-10-SEG-10.
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