Page 32 - 003 Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción
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INFORME INDIVIDUAL AVANCE DE LA CUENTA PÚBLICA CUARTO TRIMESTRE 2022 hardware y software; no estableció actividades o algún plan de trabajo de Control Interno para mitigar, dar
seguimiento, dar respuesta y reducir los riesgos en su operación, ya sea de manera análoga o con tecnologías
de la información; las debilidades de Control Interno determinadas no se integran a un Programa de Trabajo de
Control Interno para el seguimiento y atención.
Información y Comunicación.
En relación a si cuenta con un documento mediante el cual se informe periódicamente al Titular sobre la situación
que guarda el funcionamiento general del Sistema de Control Interno”, la Entidad argumentó que: “Para el ejercicio
fiscal 2022 no se contaba con un informe de resultados sobre el estado que guarda el sistema de control interno
toda vez que como ya se explicó anteriormente, a partir del 30 de mayo de 2022 quedó instalado el Comité de
Control Interno, y es a partir de este momento que se toman en consideración aspectos fundamentales, como es
el PTCI…”, sin embargo, estas acciones no afectan al ejercicio fiscal auditado.
En relación con, no tener establecido un mecanismo para verificar que la elaboración de informes respecto del
logro del plan estratégico objetivos y metas institucionales cumplan con los políticas lineamientos y criterios
institucionales establecidos, argumenta que: “Esta Secretaría Ejecutiva si realiza informes trimestrales
denominados "Informe de avance financiero y presupuestal que son informados mediante sesión de Órgano de
Gobierno para su aprobación y posteriormente su publicación, así mismo se cuenta con el avance de gestión
como mecanismo de evaluación y seguimiento…”, sin embargo, no presentó el manual y lineamientos para la
elaboración de estos reportes. De igual manera, no acreditó tener un mecanismo específico para el registro,
análisis y atención oportuna y suficiente de quejas y denuncias.
La Entidad Fiscalizable, no presentó evidencia que acredite contar con un Plan o Programa de Sistemas
Informáticos Formalmente Implantado, alineado al Plan Estratégico Institucional, por ello la documentación
presentada no es soporte para atender este punto.
Supervisión.
No presentó documentos o argumentos que aclaren si realiza las acciones preventivas y correctivas que
contribuyan a la eficiencia y eficacia de las operaciones, ni la supervisión permanente de los cinco componentes
de Control Interno; no realiza anualmente la Evaluación del Sistema de Control Interno para poder identificar áreas
de oportunidad para su fortalecimiento comunicando los resultados al personal de la Entidad; tampoco comunica
los resultados de las auditorías de Instancias Fiscalizadoras a cada uno de los responsables de los procesos, en
consecuencia, esta falta de comunicación dificulta la elaboración de un plan de acción efectivo para reducir la
recurrencia de las observaciones.
De lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que subsiste la
observación. Por lo que se emite:
Recomendación
2022-OA/IACPE/03/2023-RE-01
Se le requiere a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción implemente
mecanismos de control, supervisión y seguimiento, respecto a los cinco componentes de Control Interno.
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