Page 34 - 003 Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción
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INFORME INDIVIDUAL AVANCE DE LA CUENTA PÚBLICA CUARTO TRIMESTRE 2022  cada uno de los responsables de los procesos, ya que esta falta de comunicación dificulta la elaboración de un
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                                                                      Informando a esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, las mejoras realizadas y acciones
                                                                      emprendidas respecto a los cinco componentes de Control Interno.

                                                                      Lo anterior, debido a que incumplió con lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de
                                                                      Oaxaca, artículos 16 y 30; Ley de Procedimiento y Justicia Administrativa para el Estado de Oaxaca, artículo
                                                                      4 párrafo segundo; Acuerdo por el que se emite el Modelo Estatal del Marco Integrado de Control Interno
                                                                      para el Sector Público del Estado de Oaxaca, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de
                                                                      fecha 5 de agosto de 2017; y Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de
                                                                      Aplicación General en Materia de Control Interno para la Administración Pública Estatal, publicado en el
                                                                      Periódico Oficial del Gobierno del Estado de fecha 8 de junio de 2019, que a letra dicen:

                                                                                 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca.

                                                                                 Artículo 16. “Para su obligatoriedad, todas las disposiciones de carácter general que sean expedidas por las Dependencias
                                                                                 y Entidades del Ejecutivo Estatal, deberán ser publicadas en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, conforme al
                                                                                 artículo 4, de la Ley de Justicia Administrativa para el Estado de Oaxaca”.

                                                                                 Artículo 30. “Será obligación de los titulares de las Dependencias y Entidades, la emisión de sus Manuales de Organización
                                                                                 y de Procedimientos necesarios para su funcionamiento, de acuerdo con su Reglamento Interno y los lineamientos que
                                                                                 establezca la Secretaría de Administración”.

                                                                                 Ley de Procedimiento y Justicia Administrativa para el Estado de Oaxaca.

                                                                                 Artículo 4, párrafo segundo. “Los instructivos, manuales, formatos y cualquier modelo de papelería que sea de interés
                                                                                 general que expidan las dependencias, entidades, Contraloría, la Auditoría Superior y la Fiscalía, deberán publicarse
                                                                                 previamente a su aplicación, en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca y estar a la vista en los tableros de
                                                                                 avisos de las Dependencias y entidades correspondientes, sin perjuicio de utilizar medios masivos de comunicación cuando
                                                                                 así lo consideren conveniente”.

                                                                                 Acuerdo por el que se emite el Modelo Estatal del Marco Integrado de Control Interno para el Sector Público del Estado
                                                                                 de Oaxaca, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de fecha 5 de agosto de 2017; y

                                                                                 Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Control
                                                                                 Interno para la Administración Pública Estatal, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de fecha 8 de
                                                                                 junio de 2019.

                                                                      RESULTADO: AC-07 CON OBSERVACIÓN

                                                                      De la revisión y análisis a la documentación proporcionada por la Entidad Fiscalizable, se verificó que cuenta con
                                                                      una Estructura Orgánica, Reglamento Interno, Manual de Organización y Código de Ética, documentos
                                                                      normativos básicos que regulan el ejercicio de sus funciones los cuales se encuentran debidamente autorizados
                                                                      y publicados; sin embargo, se observa que el Código de Conducta del Personal de la Secretaría Ejecutiva del
                                                                      Sistema Estatal de Combate a la Corrupción presentado, no se encuentra aprobado por el Comité de Ética y de
                                                                      Prevención de Conflictos de Interés de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción, ni
                                                                      validado por la entonces Secretaría de la Contraloría y Transparencia Gubernamental, así mismo, no cuenta con

                                                                      32
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