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INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022 AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
(Trescientos cuarenta y un millones ciento treinta y seis mil setecientos setenta y seis pesos 16/100
M.N.)
1.- Respecto a la observación donde realizó traspasos de recursos a otras cuentas bancarias aperturadas por la
entidad fiscalizable, con números de cuenta: 1655451075, 1655451156 y 5089255995, presentó:
-Nota Aclaratoria de Atención al Resultado, Oficio número FGEO/OM/URF/779/2023, ANEXO 1: RESULTADO
AF-03 y Pólizas Contables de Egresos.
Por lo cual, no atendió este punto.
De la revisión y análisis, de la documentación y/o información y argumentos presentados, se constató que la
entidad fiscalizable remitió Nota Aclaratoria de Atención al Resultado, Oficio número FGEO/OM/URF/779/2023,
ANEXO 1: RESULTADO AF-03 y Pólizas Contables de Egresos, así mismo los argumentos vertidos no justifican
la realización de traspasos de recursos entre cuentas bancarias, en contravención a lo establecido en las
disposiciones legales aplicables, como se detalla en el Anexo DAE-AF-02-SEG-02
Por lo que esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que subsiste la observación.
Por lo que se emiten:
Solicitud de Aclaración
2022-OA/CPE/06/2023-SA-02
Se le requiere a la Fiscalía General del Estado de Oaxaca, presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización
del Estado de Oaxaca, la documentación que justifique, compruebe o aclare el importe de $347,998,561.55
(Trescientos cuarenta y siete millones novecientos noventa y ocho mil quinientos sesenta y un pesos 55/100
M.N.), por los que se efectuaron traspasos de la cuenta 1172975332 SERVICIOS PERSONALES 2022, a otras
cuentas bancarias aperturadas por la entidad fiscalizable, con números de cuenta: 1655451075, 1655451156 y
5089255995.
Recomendación:
2022-OA/CPE/06/2023-/RE-02
Para que la Fiscalía General del Estado de Oaxaca, establezca mecanismos de control y supervisión que
garanticen que en lo subsecuente se abstenga de realizar traspasos de recursos entre las cuentas bancarias que
maneje, en términos de las disposiciones legales aplicables; informando a esta Auditoría Superior de Fiscalización
del Estado de Oaxaca, las mejoras realizadas y las acciones emprendidas.
Incumpliendo con lo establecido en el Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria, en el artículo 26 que a la letra dice:
Incumpliendo con lo establecido en el Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria.
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