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Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas
Artículo 166.- “En la fecha señalada, la dependencia o entidad recibirá físicamente los trabajos y levantará el acta
correspondiente, la que contendrá como mínimo lo siguiente:…
VII.- Declaración de las partes de que se entregan los planos correspondientes a la construcción final, así como los
manuales e instructivos de operación y mantenimiento correspondientes y los certificados de garantía de calidad y
funcionamiento de los bienes instalados,…”
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió a la Secretaría de
Infraestructuras y Comunicaciones antes Secretaría de las Infraestructuras y el Ordenamiento Territorial
Sustentable, justificara o aclarara, conforme a las observaciones que se detallan en este Resultado y presentara
dentro del plazo establecido en el artículo 22 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de
Cuentas para el Estado de Oaxaca, toda la información y documentación que demuestre las acciones realizadas
tendientes a solventar la observación determinada.
Mediante oficio número ASFE/OT/AEFE/2374/2023, se notificó el día 12 de octubre de 2023, los Resultados
Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que esa Entidad Fiscalizable en un plazo de 10 días hábiles,
presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.
La Secretaría de Infraestructuras y Comunicaciones antes Secretaría de las Infraestructuras y el Ordenamiento
Territorial Sustentable, en el proceso de aclaraciones y justificaciones, mediante oficio número
SIC/SSOP/DCEOP/887/2023 de fecha 27 de octubre de 2023, como consta en el acta circunstanciada de
fecha 27 de octubre de 2023, presentó diversa información y documentación, sin embargo, respecto a este
Resultado en particular, la Entidad Fiscalizable no presentó ningún tipo de documentos, argumentos o
información; de lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que
subsiste la observación. Por lo que se emite:
Solicitud de Aclaración
2022-OA/CPE/04/2023-SA-11
Se le requiere a la Secretaría de Infraestructuras y Comunicaciones antes Secretaría de las Infraestructuras
y el Ordenamiento Territorial Sustentable, presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de
Oaxaca, la documentación que justifique o aclare, lo relativo a:
Los planos definitivos debidamente validados de 13 (trece) expedientes Técnicos-Unitarios, relativos a las
siguientes obras:
FUENTE DE NOMBRE DE LA OBRA OFICIO DE AUTORIZACIÓN CONTRATO
NÚM. SF/SPIP/DPIP/API21/1110/2021
J03-174-03-08-162-00-2021
FINANCIAMIENTO SF/SPIP/DPIP/CBNB- DE FECHA 03 DE DICIEMBRE
363MDP/1109/2021
CONSTRUCCIÓN DE UNIDAD DEPORTIVA “AQUILES DE 2021
AALBA0221
J03-122-02-06-231-00-2021
CÓRDOVA MORÁN” TERCERA ETAPA. EN LA LOCALIDAD DE FECHA 30 DE DICIEMBRE
1 ASIGNACIÓN PARA
DE 2021
DE OAXACA DE JUÁREZ (COL AMPLIACIÓN SIETE
INVERSIÓN
REGIONES) MUNICIPIO OAXACA DE JUÁREZ.
AMPLIACIÓN DE LA RED DE DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA
ABBAA1020 ELÉCTRICA EN LOS PARAJES LOMA GRANDE, CAMINO
2 CRÉDITO BANOBRAS A LA PETENERA Y LIBRAMIENTO, DE LA LOCALIDAD DE
363 MDP (IPP) EL PUNTO, EN EL MUNICIPIO DE SANTA CATARINA
IXTEPEJI.
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