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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
pagos mediante transferencia bancaria con afectación a la cuenta bancaria número 1175189626 de INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
la institución bancaria Banco Mercantil del Norte, S.A. con recursos del Ramo 28, Participaciones
a Entidades Federativas y Municipios; observando que los registros contables y presupuestarios
no se encuentran soportados con la documentación justificativa del gasto, relativa a la solicitud del
servicio, la autorización correspondiente para la contratación, así como el proceso de contratación
en donde garanticen al municipio, las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad,
financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes y la evidencia (entregables) del
resultado final del servicio contratado; cómo se detalla a continuación:
PÓLIZA DE DIARIO PÓLIZA DE EGRESO BANCO
NÚMERO FECHA IMPORTE NÚMERO FECHA IMPORTE FUENTE DE FECHA INSTITUCIÓN No. DE CHEQUE O IMPORTE
FINANCIAMIENTO BANCARIA TRANSFERENCIA BANCARIA 54,920.00
Y NÚM. DE 49,678.00
CUENTA COMPRA ORDEN DE PAGO SPEI
2104202, CLAVE DE RASTREO: $104,598.00
001244 21/04/2022 54,920.00 000640 21/04/2022 54,920.00 21/04/2022 BANCO 8846APR2202204211688920092,
001788 26/05/2022 26/05/2022 MERCANTIL
TOTAL 40,000.00 000909 PARTICIPACIONES 26/05/2022 DEL NORTE, TRASPASO A CUENTA DE
4,284.14 (RAMO 28) S.A., NÚM. TERCEROS 0026052022, A LA
5,393.86 DE CUENTA:
49,678.00 1175189626 CUENTA: 1176807879
$104,598.00 $104,598.00
COMPROBANTE
FECHA NÚM. PROVEEDOR IMPORTE CONCEPTO
28/04/2022
F1AF6A3F-EF0E- INGENIERIA Y 54,920.00 ELABORACION DE PROYECTO EJECUTIVO DE OBRA QUE CONSISTE EN:
4155-9DB7- ARQUITECTURA VISITA A OBRA, LEVANTAMIENTO DE DATOS, PRESUPUESTO, NUMEROS
ESPECIALIZADA LOMA GENERADORES, PLANOS, REPORTES FOTOGRAFICOS, TRAMITES DE
5C328E48A5A0 LINDA SA DE CV FACTIBILIDAD DE PROYECTO, ASESORÍA TÉCNICA Y SUPERVISION DE OBRA;
“CONSTRUCCIÓN DE PUENTE VEHICULAR” EN LA CABECERA MUNICIPAL.”
27/05/2022 98BDD7A5-F1BE- GRUPO 49,678.00 “ELABORACION DE PROYECTO EJECUTIVO DE OBRA DE PAVIMENTACION
4293-A209- CONSTRUCTOR CON CONCRETO HIDRÁULICO DE LA CALLE REFORMA Y CALLE HIDALGO
ESPECIALIZADO EN SAN ILDEFONSO AMATLAN, ESTADO DE OAXACA, QUE CONSISTE EN:
085724AFC4E9 PALMEIRA SA DE CV VISITA A TOMA DE DATOS, ELABORACIÓN DE PRESUPUESTO, NÚMEROS
GENERADORES, ELABORACIÓN DE PLANOS, REPORTE FOTOGRÁFICO Y
ASESORÍA TÉCNICA.”
$104,598.00
Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:
Ley General de Contabilidad Gubernamental
Artículos 42 párrafo primero: “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la
documentación original que compruebe y justifique los registros que se efectúen.”
Artículo 43: “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los documentos,
comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los lineamientos que para tal efecto
establezca el consejo.”
Artículo 67 párrafo primero: “Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos justificativos y
comprobatorios que correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto comprometido y devengado, en
términos de las disposiciones que emita el consejo. Los entes públicos implementarán programas para que los pagos se hagan directamente
en forma electrónica, mediante abono en cuenta de los beneficiarios, salvo en las localidades donde no haya disponibilidad de servicios
bancarios”
Artículo 70 fracción I: “Mantener registros específicos de cada fondo, programa o convenio debidamente actualizados, identificados y
controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido. Dicha documentación se presentará a los
órganos competentes de control y fiscalización que la soliciten”
Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca
Artículo 120: “Para el desempeño de las funciones de la Administración Pública Municipal, el Ayuntamiento aprobará y expedirá las
disposiciones relativas a las enajenaciones, arrendamientos y contratación de servicios relacionados con bienes muebles e inmuebles del
Municipio, de conformidad a las disposiciones legales aplicables. Para los efectos del párrafo anterior, se creará un Comité de Adquisiciones
y Contratación de Servicios, el cual se integrará con un Regidor de cada una de las diversas fuerzas políticas que constituyan el Ayuntamiento
y con los servidores públicos que determine el mismo. Los ayuntamientos podrán establecer la aplicación supletoria de la Ley para
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Oaxaca.”
Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Artículo 186 párrafo tercero: “Entre los documentos justificativos se encuentran los convenios, acuerdos, anexos que se suscriban
con instancias federales, estatales o municipales, acuerdos de los Comités o subcomités de adquisiciones según sea el caso, contratos,
solicitudes, requisiciones...”.
Por lo anterior, la Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al H.
Ayuntamiento del Municipio de San Ildefonso Amatlán, Distrito de Miahuatlán, Oaxaca, comprobar,
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