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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
Por lo anterior, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que subsiste
la observación. Por lo que se emite:
Solicitud de aclaración
2022-OA/CPM/007/2023-SA-04
Se le requiere al H. Ayuntamiento del Municipio de San Ildefonso Amatlán, Distrito de
Miahuatlán, Oaxaca, presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca,
la documentación que compruebe, justifique o aclare lo relativo a que la suma de los montos
contratados por excepción a la licitación pública de los distintos programas que ejecutó, excedió del
30% del presupuesto autorizado en materia de obra pública, como se describe a continuación:
MODALIDAD NÚMERO DE OBRAS IMPORTE PORCENTAJE
CONTRATADAS CONTRATADO
LICITACIÓN PÚBLICA --- $ 0.00 0.00%
LICITACIÓN PÚBLICA
SUB TOTAL --- $ 0.00 0.00%
EXCEPCIÓN A LA LICITACIÓN PÚBLICA 03 $4,938,167.72 94.06%
INVITACIÓN RESTRINGIDA A CUANDO MENOS TRES CONTRATISTAS
ADJUDICACIÓN DIRECTA 01 $311,894.94 05.94%
SUB TOTAL
04 $5,250,062.66 100.00%
TOTAL 04 $5,250,062.66 100.00%
Fuente: Relación de Obras en Proceso y Terminadas del 01/enero al 31/diciembre del 2022 del Municipio de San Ildefonso Amatlán,
Distrito de Miahuatlán, Oaxaca.
Incumpliendo con lo establecido en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del
Estado de Oaxaca, Artículo 46 tercer párrafo, que a la letra dice:
Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.
Artículo 46 tercer párrafo: “La suma de los montos de la obra pública contratada mediante el procedimiento de adjudicación directa y de
invitación restringida a cuando menos tres contratistas, no deberá exceder del treinta por ciento de los recursos asignados para el ejercicio de
la Dependencia, Entidad o Ayuntamiento de que se trate; adicionalmente se preferirá la modalidad de licitación pública sobre cualquier techo
financiero, aun cuando el monto de la obra pública no exceda del consignado como máximo en el Presupuesto de Egresos del Estado.”
RESULTADO: AF-24 CON OBSERVACIÓN
Para determinar que los contratos de obra pública celebrados durante el ejercicio 2022 estuvieron
dentro del rango de aplicación establecido en el artículo 73 fracción VII del Presupuesto de
Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2022 aplicado conforme a lo dispuesto en el
artículo 46 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca, se analizó el
Presupuesto de egresos para el ejercicio fiscal 2021 del municipio, en el estado analítico del ejercicio
del presupuesto de egresos clasificación por objeto del gasto (capitulo y concepto) del 01 de enero
al 31 de diciembre del 2021, se constató que en el Presupuesto Anual Modificado del ejercicio
inmediato anterior para Inversión Pública del Municipio, ejercicio 2021, fue de $ 6,702,625.75 (Seis
millones setecientos dos mil seiscientos veinticinco pesos 75/100 M.N.), trasladando este monto
a la tabla del artículo 73 fracción VII del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el
Ejercicio Fiscal 2022 se verificó que se ubica dentro del rango “Mayor de 5’000,000.01 hasta
10’000,000.00”, quedando los montos máximos de la siguiente manera:
Presupuesto anual para realizar obras públicas y Monto máximo total de cada obra que Monto máximo total de cada obra que
servicios relacionados con las mismas podrá adjudicarse directamente podrá adjudicarse mediante invitación
Mayor de Hasta 297,000.00 1’485,000.00
5’000,000.01 10’000,000.00
Fuente: Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2022
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