Page 61 - 011 San Pedro Mártir Yucuxaco
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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

RESULTADO: AF-27         SIN OBSERVACIÓN                                                                                                                           INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022

De la revisión efectuada a la documentación proporcionada, el ente auditado no presentó el
documento denominado “Padrón de contratistas de obra pública del ejercicio 2022”, y no presentó
evidencia de su publicación en el Periódico Oficial, y como resultado de la consulta realizada al
sitio web oficial del Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca, en la dirección electrónica
http://www.periodicooficial.oaxaca.gob.mx/, se encontró que el Padrón de contratistas del Municipio
de San Pedro Mártir Yucuxaco, Distrito de Tlaxiaco, Oaxaca, del Ejercicio Fiscal 2022, fue publicado
el día veinticuatro de diciembre de dos mil veintidós, de la revisión a este documento se constató
que el Municipio celebró todos los contratos de obra con contratistas inscritos en el Padrón
publicado.

RESULTADO: AF-28         CON OBSERVACIÓN

De la revisión efectuada a la Relación de obras en proceso y terminadas del 01/enero al 31/
diciembre del 2022, integrada en la cuenta pública y de los expedientes técnicos unitarios
presentados por el Municipio, se constató que la suma de los montos contratados por excepción
a la licitación pública de los distintos programas que ejecutó, excedió del 30% del presupuesto
autorizado en materia de obra pública, como se describe a continuación:

MODALIDAD                                   NÚMERO DE OBRAS     IMPORTE     PORCENTAJE
                                               CONTRATADAS   CONTRATADO

LICITACIÓN PÚBLICA                          ---              $ 0.00         0.00%
LICITACIÓN PÚBLICA
                                            ---              $ 0.00         0.00%
       SUB TOTAL

        EXCEPCIÓN A LA LICITACIÓN PÚBLICA   4                $4,343,356.77  100.00%

INVITACIÓN RESTRINGIDA A CUANDO MENOS TRES  0                $0.00          0.00%
                          CONTRATISTAS
                                            4                $4,343,356.77  100.00%
                   ADJUDICACIÓN DIRECTA

                             SUB TOTAL

                  TOTAL                     04               $4,343,356.77  100.00%

Fuente: Relación de Obras en Proceso y Terminadas del 01/enero al 31/diciembre del 2022 del Municipio de San Pedro Mártir Yucuxaco, Distrito de Tlaxiaco, Oaxaca.

Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:

         Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.

         Artículo 46 tercer párrafo: “La suma de los montos de la obra pública contratada mediante el procedimiento de adjudicación directa y de
         invitación restringida a cuando menos tres contratistas, no deberá exceder del treinta por ciento de los recursos asignados para el ejercicio
         de la Dependencia, Entidad o Ayuntamiento de que se trate; adicionalmente se preferirá la modalidad de licitación pública sobre cualquier
         techo financiero, aun cuando el monto de la obra pública no exceda del consignado como máximo en el Presupuesto de Egresos del Estado.”

Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al Municipio
de San Pedro Mártir Yucuxaco, Distrito de Tlaxiaco, Oaxaca, comprobar, justificar o aclarar la
observación que se detalla en este resultado y presentara toda la información y documentación que
demuestre las acciones realizadas tendientes a solventar las observaciones determinadas.

Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMA/258/2023, notificado el día 24 de agosto de 2023,
se dieron a conocer a la Entidad Fiscalizable los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a
efecto de que esa Entidad Fiscalizable en un plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones
y aclaraciones correspondientes, cita a la cual no se presentó; por lo cual, esta Auditoría Superior de
Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que subsiste la observación. Por lo que se emite:

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