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Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.
Artículo 56 fracción I: “El pago de los trabajos contratados y ejecutados basándose en precios unitarios y tiempo determinado,
se realizará mediante la formulación de estimaciones por periodos no mayores a treinta días naturales, de conformidad a la
fecha de corte que al efecto fijen las Dependencias, Entidades o Ayuntamientos contratantes; atendiendo a las siguientes
disposiciones:
I.- El contratista deberá entregar a la residencia de supervisión previamente establecida por la Dependencia, Entidad o
Ayuntamiento contratante, las estimaciones acompañadas de la documentación que de soporte correspondiente dentro de los
cuatro días hábiles siguientes a la fecha de corte, y la residencia de supervisión dentro de los ocho días hábiles siguientes a su
recepción deberá revisar y en su caso autorizar la estimación de que se trate.”
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al H. Ayuntamiento del
Municipio de San Sebastián Tutla, Distrito del Centro, Oaxaca, comprobar, justificar o aclarar ante esta
Auditoría Superior de Fiscalización, el importe de $374,106.90 (Trescientos setenta y cuatro mil ciento seis
pesos 90/100 M.N.), conforme a las observaciones que se detallan en este Resultado y presentara la
información y documentación que demuestren las acciones realizadas tendientes a solventar las observaciones
determinadas.
Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMA/413/2023, notificado el 22 de septiembre de 2023, se dieron a
conocer a la Entidad Fiscalizable los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que esa
Entidad Fiscalizable en un plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones
correspondientes.
El Municipio de San Sebastián Tutla, Distrito del Centro, Oaxaca, en el proceso de aclaraciones y justificaciones,
mediante oficio SST/PM/0303/2023 de fecha 06 de septiembre de 2023, presentó documentación como
consta en el acta circunstanciada de recepción de fecha 19 de octubre de 2023, sin embargo, para este resultado
en particular, no presentó documentación; por lo anterior, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de
Oaxaca, determina que subsiste la observación. Por lo que se emite:
Pliego de Observaciones
2022-OA/CPM/013/2023-PO-48
Se le requiere al H. Ayuntamiento del Municipio de San Sebastián Tutla, Distrito del Centro, Oaxaca, presente
ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación que compruebe, justifique,
aclare o reintegre el importe de $ 374,106.90 (Trescientos setenta y cuatro mil ciento seis pesos
90/100 M.N.), lo relativo a las obras incluidas en la muestra, de diversos conceptos de obra en las estimaciones,
las fotografías que evidencien la realización de esos trabajos, observaciones presentes en dos obras como se
describe a continuación:
NUM. NOMBRE DE LA OBRA LOCALIDAD NÚMERO DE CONTRATO IMPORTE NÚMERO DE
DETERMINADO ANEXO
CONSTRUCCIÓN DEL DAM-VIF-04-
SEG-04
OC-8 DRENAJE SANITARIO EN LA SAN SEBASTIÁN FORTAMUN/MSST/350/COP/002/2022 $54,552.84
DAM-VIF-05-
PRIVADA SIN NOMBRE DEL TUTLA SEG-05
ANONAL.
OC-11 INSTALACION DE DRENAJE SAN SEBASTIÁN IF/MSST/350/COP/007/2022 $319,554.06
SANITARIO Y AGUA POTABLE TUTLA
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