Page 160 - 013 San Sebastian Tutla
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NUM.   NOMBRE DE LA OBRA           NÚMERO DE CONTRATO         NOMBRE DEL             IMPORTE NÚMERO DE
                                                              CONTRATISTA        DETERMINADO ANEXO

       CONSTRUCCIÓN    DEL                                    GRUPO

       DRENAJE SANITARIO EN LA                                CONSTRUCTOR DE                  DAM-VIF-09-
                                                                                                 SEG-09
OC-8   PRIVADA SIN NOMBRE DEL      FORTAMUN/MSST/350/COP/002/2022 OPERACIÓN      $68,476.41

       ANONAL.                                                REGIONAL VASRAM

                                                              S.A. DE C.V.

       REHABILITACIÓN  DEL                                        ROCA LLOSA
                                                              CONSTRUCCIONES
       PARQUE PUBLICO MUNICIPAL                                Y EDIFICACIONES                DAM-VIF-10-
                                                              ARQUITECTÓNICAS                    SEG-10
OC-10  EN LA LOCALIDAD DE SAN      IF/MSST/350/COP/002/2022                      $198,507.34
                                                                    S.A DE C.V.
       SEBASTIÁN TUTLA, MUNICIPIO

       DE SAN SEBASTIÁN TUTLA.

OC-11  INSTALACION DE DRENAJE      IF/MSST/350/COP/007/2022         HUESCA       $249,872.90  DAM-VIF-11-
       SANITARIO Y AGUA POTABLE                                 INGENIERÍA Y                     SEG-11
       EN EL ANONAL, EN LA                                    PROYECTOS S.A.
       LOCALIDAD DE SAN
       SEBASTIÁN TUTLA.                                              DE C.V.

OC-12  REHABILITACIÓN DE CARPETA   R28/MSST/350/COP/001/2022  ESTRATEGIA VALLE   $249,395.96  DAM-VIF-12-
       ASFALTICA EN LA AVENIDA                                   ESMERALDA DE                    SEG-12
       LAZARO CARDENAS, EN EL                                   OAXACA S.A. DE
       MUNICIPIO DE SAN SEBASTIAN                                         C.V.
       TUTLA.

                                                              TOTAL              $994,196.99

       Fuente: Verificación e Inspección Física realizada al Municipio de San Sebastián Tutla, Distrito del Centro, Oaxaca.

Incumpliendo con lo establecido en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca,
Artículos 56 fracción II, 66 fracción VII y 74; y la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano para
el Estado de Oaxaca, Artículo 198, que a la letra dice:

            Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca, en los

           Artículo 56 fracción II: “El pago de los trabajos contratados y ejecutados basándose en precios unitarios y tiempo determinado,
           se realizará mediante la formulación de estimaciones por periodos no mayores a treinta días naturales, de conformidad a la
           fecha de corte que al efecto fijen las Dependencias, Entidades o Ayuntamientos contratantes; atendiendo a las siguientes
           disposiciones:
           II.- Para el caso de que derivado de la revisión hecha por la residencia de supervisión resultaren diferencias numéricas o
           técnicas, las partes tendrán tres días hábiles contados a partir del vencimiento del plazo señalado para la revisión y conciliación
           de dichas diferencias a efecto de proceder a la autorización de la estimación correspondiente, en caso contrario que no se
           llegue a la conciliación de algún trabajo, quedará pendiente y se seguirá conciliando a efecto de llegar al acuerdo y cobrarlo en
           la siguiente estimación”
           Artículo 66 fracción VII: “Las Dependencias, Entidades, Ayuntamientos y las personas físicas o morales, bajo las cuales quede
           resguardada la obra pública, están obligadas a:
           VII. El contratista será el único responsable de la ejecución de los trabajos y deberá sujetarse a todos los reglamentos y
           ordenamientos de las autoridades competentes en materia de construcción de carreteras, caminos, avenidas y calles,
           seguridad, uso de la vía pública, protección ecológica y de medio ambiente que rijan en el ámbito estatal o municipal, así como
           a las instrucciones que al efecto le señale la Dependencia o Municipio. Las responsabilidades y los daños y perjuicios que se
           ocasione a un particular por la mala construcción de obra pública que resultaren por su inobservancia serán a cargo del
           contratista.”
           Artículo 74: “Las Dependencias, Entidades o Ayuntamientos ejecutores, tendrán la obligación de supervisar y vigilar todo el
           proceso constructivo de la obra pública a su cargo.”

       Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano para el Estado de Oaxaca.

       Artículo 198: “El Municipio correspondiente y la Secretaría, en el ámbito de sus competencias, supervisarán y vigilarán, en todo
       momento, que las obras y actividades realizadas estén de acuerdo con el proyecto autorizado y demás lineamientos señalados
       por la presente Ley, sus reglamentos respectivos y los programas de ordenamiento territorial y de desarrollo urbano vigentes.”

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