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Por lo anterior, la Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al H. Ayuntamiento del
Municipio San Sebastián Tutla, Distrito del Centro, Oaxaca, comprobar, justificar o aclarar la cantidad de
$50,286.00 (Cincuenta mil doscientos ochenta y seis pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación que se
detalla en este Resultado y presentara dentro del plazo establecido en el artículo 22 segundo párrafo de la Ley
de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca, toda la información y documentación
que demuestre las acciones realizadas tendientes a solventar la observación determinada.
Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMA/413/2023, se notificó el día 22 de septiembre de 2023, los
Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que esa Entidad Fiscalizable en un plazo de 10 días
hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.
El Municipio de San Sebastián Tutla, Distrito del Centro, Oaxaca, en el proceso de aclaraciones y
justificaciones, presentó el oficio original número SST/PM/0949/2023 de fecha 19 de octubre de 2023, suscrito
por los CC. Alejandro Fernando García Vásquez, Presidente Municipal y Maricela Zárate Hernández, Regidora de
Hacienda, dirigido al Director de Auditoria Municipal A, como consta en el acta circunstanciada de fecha
diecinueve de octubre de 2023; en el cual manifiesta lo siguiente:
“Los gastos en su totalidad fueron registrados en el sistema de contabilidad los cuales fueron en su momento
analizados, revisados y aprobados por los integrantes de la comisión de hacienda, según consta en las actas de
fecha 29 de abril 2022, 10 de agosto 2022, 04 de noviembre 2022 y 28 de diciembre de 2022; anexamos copia
certificada”; sin embargo, de la validación a la documentación presentada no se encontraron dichas actas.
En consecuencia, la Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que subsiste la
observación. Por lo que se emite:
Pliego de Observaciones
2022-OA/CPM/013/2023-PO-19
Se le requiere al H. Ayuntamiento del Municipio de San Sebastián Tutla, Distrito del Centro, Oaxaca, presente
ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca la documentación que compruebe, justifique,
aclare o reintegre la cantidad de $50,286.00 (Cincuenta mil doscientos ochenta y seis pesos 00/100 M.N.),
lo relativo.
En relación a la sub-subcuenta 51241-2411 MATERIALES PETREOS, se observó que los registros contables y
presupuestarios no se encuentran respaldados con la documentación comprobatoria y justificativa del gasto,
relativa al Comprobante Fiscal Digital por Internet, autorización correspondiente para la adquisición de los
materiales, constancia de recepción y evidencia que demuestre el destino de los diversos materiales, como se
detalla en el ANEXO DAM-FC-17-SEG-17.
Incumpliendo con lo establecido en el Código Fiscal de la Federación, artículos 29 y 29-A; Ley General de
Contabilidad Gubernamental, artículos 42 párrafo primero, 43, 67 párrafo primero y 70 fracción I;
Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, artículo 186 párrafo tercero,
que a la letra dicen:
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