Page 92 - 013 San Sebastian Tutla
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PÓLIZA DE DIARIO                       PÓLIZA DE EGRESO                                                                           BANCO

NÚMERO          FECHA         IMPORTE      NÚMERO             FECHA           IMPORTE         FUENTE DE        FECHA       INSTITUCIÓN     No. DE CHEQUE O TRANSFERENCIA  IMPORTE
 001520                                                                                   FINANCIAMIENTO   20/04/2022  BANCARIA Y NÚM.                        BANCARIA        10,150.00
 006440                                                                                                    05/12/2022
            20/04/2022          10,150.00  000486  20/04/2022                 10,150.00                                     DE CUENTA        TRANSFERENCIA SPEI CLAVE DE     12,458.40
                                                                                                                                                               RASTREO:   $22,608.40
                                                                                          PARTICIPACIONES              BANCO MERCANTIL
                                                                                               (RAMO 28)                 DEL NORTE, S.A.,    8846APR1202204201687280054
                                                                                                                        CTA. 1174764071
                                                                                                                                             TRANSFERENCIA SPEI CLAVE DE
            05/12/2022          12,458.40  001825  05/12/2022                 12,458.40                                                                        RASTREO:

                                                                                                                                             8846APR1202212052023399750

         TOTAL                $22,608.40                                      $22,608.40

                                                                                          COMPROBANTE

    FECHA                NÚM.                  PROVEEDOR             IMPORTE                                           CONCEPTO
20/04/2022      82605D1F-BC38-         GRUPO CONSTRUCTOR
                                                                     10,150.00     5 PZ SEÑALAMIENTO RESTRICTIVO DE NO ESTACIONARSE ELABORADO DE LÁMINA LISA GALVANIZADA Y ACABADO ALTA
06/12/2022          42AF-997C-           SEÑALOAX SA DE CV                         INTENSIDAD, CALIBRE 16. INCLUYE POSTE PTR Y TORNILLERÍA
                  B026FF54F910
                                       ISAIAS DIEGO PIMENTEL            12,458.40  4 PIEZA SEÑAL DE NOMENCLATURA PARA PARED 20X90 FABRICADA EN LAM. GALVANIZADA CAL. 18 ROTULADA EN VINIL REF. G.I.
                3BB60DB8-2C2C-                                       $22,608.40    CON PICTOGRAMAS EN VINIL ADHERIBLE MATE, 2 PIEZA SEÑALAMIENTO RESTRICTIVO (NO VUELTA A LA IZQUIERDA) DE 61X61CM.
                    4869-9BC4-                                                     A BASE DE LAMINA GALVANIZADA CAL 16 ROTULADA EN VINIL REF. G.I. Y PICTOGRAMAS O GRAFISMOS EN VINIL ADHERIBLE MATE,
                                                                                   CON POSTES A BASE DE PTR GALV. CAL 14 DE 2"x2", INCLUYE TORNILLERIA. 2 PIEZA SEÑAL DE NOMENCLATURA PARA PARED
                 A83AB3A22522                                                      20X60 FABRICADA EN LAM. GALVANIZADA CAL. 18 ROTULADA EN VINIL REF. G.I. CON PICTOGRAMAS EN VINIL ADHERIBLE MATE.

Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:

         Ley General de Contabilidad Gubernamental.

         Artículo 42 párrafo primero: “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la
         documentación original que compruebe y justifique los registros que se efectúen”.
         Artículo 43: “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los
         documentos, comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los
         lineamientos que para tal efecto establezca el consejo”.
         Artículo 67 párrafo primero: “Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos justificativos
         y comprobatorios que correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto comprometido y
         devengado, en términos de las disposiciones que emita el consejo. Los entes públicos implementarán programas para que los
         pagos se hagan directamente en forma electrónica, mediante abono en cuenta de los beneficiarios, salvo en las localidades
         donde no haya disponibilidad de servicios bancarios”.
         Artículo 70 fracción I: “Mantener registros específicos de cada fondo, programa o convenio debidamente actualizados,
         identificados y controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido. Dicha
         documentación se presentará a los órganos competentes de control y fiscalización que la soliciten”.

         Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

         Artículo 186 párrafo tercero: “Entre los documentos justificativos se encuentran los convenios, acuerdos, anexos que se
         suscriban con instancias federales, estatales o municipales, acuerdos de los Comités o subcomités de adquisiciones según sea
         el caso, contratos, solicitudes, requisiciones, bitácoras de mantenimiento de transporte y maquinaria, bitácoras de combustible,
         expedientes técnicos y unitarios relacionados con la obra pública, proyectos productivos y de fomento, entre otros.”.

Por lo anterior, esta Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al Ayuntamiento del
Municipio de San Sebastián Tutla, Distrito Centro, Oaxaca, comprobar, justificar o aclarar, el importe de
$22,608.40 (Veintidós mil seiscientos ocho pesos 40/100 M.N.), conforme a la observación que se detalla en
este Resultado y presentara dentro del plazo establecido en el artículo 22 segundo párrafo de la Ley de
Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca, toda la información y documentación
que demuestre las acciones realizadas tendientes a solventar la observación determinada.

Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMA/413/2023, se notificó el día 22 de septiembre de 2023, los
Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que esa Entidad Fiscalizable en un plazo de 10 días
hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.

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