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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022 calles, seguridad, uso de la vía pública, protección ecológica y de medio ambiente que rijan en el ámbito estatal o municipal, así como a
las instrucciones que al efecto le señale la Dependencia o Municipio. Las responsabilidades y los daños y perjuicios que se ocasione a un
particular por la mala construcción de obra pública que resultaren por su inobservancia serán a cargo del contratista.”
Reglamento de Construcción y Seguridad Estructural para el Estado de Oaxaca.
Artículo 280 párrafo primero, segundo y tercero. – “Disposiciones generales. Los materiales empleados en la construcción deberán
cumplir con las siguientes disposiciones. 1.- La resistencia, calidad y características de los materiales empleados en la construcción, serán
las que señalen en las especificaciones de diseño y de los planos constructivos registrados y deberán satisfacer las normas técnicas
complementarias de este reglamento y las normas de calidad establecidas por la secretaría de comercio y fomento industrial.”
RESULTADO: AF-69 CON OBSERVACIÓN
De la revisión a las sub-subcuentas 12352-02-25-FISMDF-049 CONSTRUCCION DE
COMEDOR COMUNITARIO PRIMERA ETAPA (2022) (2022), 12352-03-25-FORTAMUN002
CONSTRUCCIÓN DE MURO DE CONTENCION ULTIMA ETAPA EN EL BOULEVAR SAN
JERONIMO (2022) (2022), 12352-03-25-R33/FIV-104 CONSTRUCCIÒN DE MURO DE
CONTENCIÒN TERCERA ETAPA EN EL BOULEVAR SAN JERONIMO (2022) (2022), 12353-
03-25-R33/FIV-001 “CONSTRUCCION DE ALUMBRADO PUBLICO DEL TRAMO SANTA
MARIA ATZOMPA-SANTA CATARINA MONTAÑO” (2022) (2022), 12354-02-25-FISMDF-071
CONSTRUCCION DE GUARNICIONES EN DIFERENTES CALLES DE LA POBLACION (2022)
(2022), 12354-02-25-FISMDF-83 REHABILITACION DEL SISTEMA DE AGUA ENTUBADA
SEGUNDA ETAPA (2022) (2022), 12354-03-25 FORTAMUN131 CONSTRUCCIÓN DEL
CENTRO PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS SOLIDOS URBANOS SEGUNDA
ETAPA (2022) (2022), 12355-02-25-FISMDF--060 CONSTRUCCION DE PAVIMENTO A
BASE DE CONCRETO HIDRAULICO DE LA CALLE GUELATAO PRIMERA ETAPA (2022)
(2022), 12355-02-25-FISMDF-016 CONSTRUCCION DE PAVIMENTO A BASE DE CONCRETO
HIDRAULICO EN LA CALLE GRIJALVA (2022) (2022), 12355-02-25-FISMDF-019
CONSTRUCCION DE PAVIMENTO A BASE DE CONCRETO HIDRAULICO EN LA CALLE
CAMINO NACIONAL (2022) (2022), 12355-02-25-FISMDF-036 CONSTRUCCION
DEPAVIMENTO A BASE DE CONCRETO HIDRAULICO DEL CAMINO REAL SEGUNDA ETAPA
(2022) (2022), 12355-02-25-FISMDF-089 CONSTRUCCION DE PAVIMENTO A BASE
DE CONCRETO HIDRAULICO EN LA CALLE PALESTINA PRIMERA ETAPA (2022) (2022),
12355-02-25-FISMDF010 CONSTRUCCION DE PAVIMENTO A BASE DE CONCRETO
HIDRAULICO EN LA CALLE DIAGONAL DE ADOLFO LOPEZ MATEOS SEGUNDA ETAPA (2022)
(2022), 12355-01-15-R-28/011 “CONSTRUCCION DE PAVIMENTO A BASE DE CONCRETO
HIDRAULICO EN LA PRIVADA MORELOS” (2022) (2022), 12355-08-11-RFISCAL-001
“CONSTRUCCION DE PAVIMENTO A BASE DE CONCRETO HIDRAULICO EN LA CALLE 15 DE
ABRIL SEGUNDA ETAPA” (2022) (2022), de la documentación presentada por el ente auditado,
se constató que la entidad fiscalizada efectuó la retención correspondiente al cinco al millar y al
impuesto sobre erogaciones por remuneraciones al trabajo personal, sin embargo, no realizó el
entero ante las instancias correspondientes; así mismo se detectó que no registró las transacciones
en el momento de su realización, por lo que los procesos administrativos no están operando en
tiempo real; como se detalla en el ANEXO DAM-FC-34.
Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:
Ley General de Contabilidad Gubernamental
Artículos 34: “La contabilización de las transacciones de gasto se hará conforme a la fecha de su realización”,
Artículo 42 párrafo primero: “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la
documentación original que compruebe y justifique los registros que se efectúen.”,
Artículo 43: “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los documentos,
comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los lineamientos que para tal efecto
establezca el consejo.”,
Artículo 67 párrafo primero: “Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos justificativos y
comprobatorios que correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto comprometido y devengado, en
términos de las disposiciones que emita el consejo”
Artículo 70 fracción I: “I. Mantener registros específicos de cada fondo, programa o convenio debidamente actualizados, identificados y
controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido.”;
Ley Estatal de Hacienda del Estado de Oaxaca
Artículo 64 párrafo tercero: “Están obligados a retener y enterar este impuesto en los términos de la presente Ley, quienes obtengan de
otras personas físicas, morales o unidades económicas, la prestación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas, de
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