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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022  Por lo anterior, la Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que subsiste
                                                  la observación. Por lo que se emite:

                                                  Solicitud de Aclaración.

                                                  2022-OA/CPM/019/2023-SA-05

                                                  Se le requiere al H. Ayuntamiento del Municipio de Santiago Tlazoyaltepec, Distrito de
                                                  Etla, Oaxaca, presente ante esta Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                                                  documentación que compruebe, justifique o aclare lo relativo al documento denominado “Padrón de
                                                  contratistas de obra pública del ejercicio 2022”, y como resultado de la consulta realizada al sitio
                                                  web oficial del Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca, en la dirección electrónica
                                                  http://www.periodicooficial.oaxaca.gob.mx/, se constate que el Padrón de contratistas del H.
                                                  Ayuntamiento del municipio de Santiago Tlazoyaltepec, Distrito de Etla, Oaxaca, del Ejercicio Fiscal
                                                  2022, se encuentre publicado y demuestre que los contratistas con los cuales se contrataron las
                                                  obras públicas estuvieron debidamente inscritos en el padrón.

                                                  Incumpliendo con lo establecido en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del
                                                  Estado de Oaxaca, Artículo 26 A, que a la letra dice:

                                                           Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.

                                                           Artículo 26 A: “La Secretaría y los Ayuntamientos llevarán, cada uno de ellos un Padrón de Contratistas de Obra Pública, lo mantendrán
                                                           permanentemente actualizado, y clasificarán a los contratistas registrados en el mismo, de acuerdo a su capacidad técnica, económica,
                                                           objeto social o giro de negocios que desarrolle. Este padrón será publicado en el Periódico Oficial del Estado. El registro o renovación en
                                                           el Padrón será obligatorio, por lo que sólo se podrán celebrar contratos con los contratistas que acrediten estar debidamente inscritos en el
                                                           Padrón, y tendrán el costo que señalen las leyes de ingresos Estatal y Municipales del ejercicio fiscal que corresponda, con vigencia para un
                                                           ejercicio fiscal. Los Contratistas, para renovar su registro, deberán de presentar su solicitud dentro de los quince días hábiles anteriores a su
                                                           vencimiento, si omiten presentar la solicitud en el plazo indicado tendrá como consecuencia la suspensión del registro solicitado.”

                                                  RESULTADO: AF-25	                  CON OBSERVACIÓN

                                                  De la revisión efectuada a la Relación de obras en proceso y terminadas del 01/enero al 31/
                                                  diciembre del 2022, integrada en la cuenta pública y de los expedientes técnicos unitarios
                                                  presentados por el Ayuntamiento del Municipio, se constató que la suma de los montos contratados
                                                  por excepción a la licitación pública de los distintos programas que ejecutó, excedió del 30% del
                                                  presupuesto autorizado en materia de obra pública, como se describe a continuación:

                                                                        MODALIDAD                          NÚMERO DE OBRAS           IMPORTE      PORCENTAJE
                                                                                                              CONTRATADAS         CONTRATADO

                                                  LICITACIÓN PÚBLICA                                       ---                    $ 0.00          0.00%
                                                  LICITACIÓN PÚBLICA
                                                  SUB TOTAL                                                ---                    $ 0.00          0.00%

                                                  EXCEPCIÓN A LA LICITACIÓN PÚBLICA

                                                  INVITACIÓN RESTRINGIDA A CUANDO MENOS TRES CONTRATISTAS  11                     $20,726,138.41  100.00%

                                                  ADJUDICACIÓN DIRECTA                                     00                     $ 0.00          00.00%

                                                  SUB TOTAL                                                11                     $20,726,138.41  100.00%

                                                  TOTAL                                                    11                     $20,726,138.41  100.00%

                                                  Fuente: Relación de Obras en Proceso y Terminadas del 01/enero al 31/diciembre del 2022 del Municipio de Santiago Tlazoyaltepec, Distrito de Etla, Oaxaca.

                                                  Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:

                                                           Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.

                                                           Artículo 46 tercer párrafo: “La suma de los montos de la obra pública contratada mediante el procedimiento de adjudicación directa y de
                                                           invitación restringida a cuando menos tres contratistas, no deberá exceder del treinta por ciento de los recursos asignados para el ejercicio
                                                           de la Dependencia, Entidad o Ayuntamiento de que se trate; adicionalmente se preferirá la modalidad de licitación pública sobre cualquier
                                                           techo financiero, aun cuando el monto de la obra pública no exceda del consignado como máximo en el Presupuesto de Egresos del Estado.”

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