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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022  Incumpliendo con lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, artículos
                                                  34, 42, 43, 67 párrafos primero y segundo, 70 fracción I; Reglamento de la Ley Estatal de
                                                  Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, artículo 186 párrafo tercero; Ley de Hacienda
                                                  Municipal del Estado de Oaxaca, artículo 94 Bis C; que a la letra dice:

                                                           Ley General de Contabilidad Gubernamental

                                                           Artículo 34: “La contabilización de las transacciones de gasto se hará conforme a la fecha de su realización, independientemente de la de
                                                           su pago “;
                                                           Artículo 42: “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la documentación original que
                                                           compruebe y justifique los registros que se efectúen.”;
                                                           Artículo 43: “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los documentos,
                                                           comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los lineamientos que para tal efecto
                                                           establezca el consejo.”;
                                                           Artículo 67 párrafos primero y segundo: “Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos justificativos
                                                           y comprobatorios que correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto comprometido y devengado, en
                                                           términos de las disposiciones que emita el consejo. Los entes públicos implementarán programas para que los pagos se hagan directamente
                                                           en forma electrónica, mediante abono en cuenta de los beneficiarios, salvo en las localidades donde no haya disponibilidad de servicios
                                                           bancarios.”;
                                                           Artículo 70 fracción I: “Mantener registros específicos de cada fondo, programa o convenio debidamente actualizados, identificados y
                                                           controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido. Dicha documentación se presentará a los
                                                           órganos competentes de control y fiscalización que la soliciten”;

                                                           Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

                                                           Artículo 186 párrafo tercero: “Entre los documentos justificativos se encuentran los convenios, acuerdos, anexos que se suscriban
                                                           con instancias federales, estatales o municipales, acuerdos de los Comités o subcomités de adquisiciones según sea el caso, contratos,
                                                           solicitudes, requisiciones, bitácoras de mantenimiento de transporte y maquinaria, bitácoras de combustible, expedientes técnicos y unitarios
                                                           relacionados con la obra pública, proyectos productivos y de fomento, entre otros.”;

                                                           Ley de Hacienda Municipal del Estado de Oaxaca

                                                           Artículo 94 Bis C: “Los retenedores de los ingresos que por este derecho se recauden, deberán enterarlos a la Secretaría de Finanzas o a
                                                           la Tesorería Municipal, según sea el caso, dentro de los cinco días hábiles siguientes a aquél en que se retengan.”

                                                  RESULTADO: AF-58	        CON OBSERVACIÓN

                                                  De la revisión a las sub-subcuentas 12352-04-25-/12/2022 CONSTRUCCION DE 33
                                                  SANITARIOS CON BIODIGESTOR (ETAPA UNICA) (2022) (2022), 12355-04-25-/01/2022
                                                  SANTA MARIA PEÑOLES-SAN ANTONIO HUITEPEC DEL KM 0+000 AL KM 32+000 TRAMO
                                                  KM 4+000 AL KM 9+000 (2022) (2022) y 12355-02-25-702/2022 AMPLIACIÓN DE
                                                  CAMINO RURAL: SAN ANTONIO HUITEPEC-SANTA MARÍA PEÑOLES DEL KM 4+000 AL KM
                                                  9+000 (2022) (2022) se constató que las citadas obras, por ser un bien de dominio público de
                                                  uso común, se dio el reconocimiento del gasto; como se detalla en los ANEXO DAM-FC-23.

                                                  RESUMEN DE ACCIONES Y RECOMENDACIONES

                                                  Se determinaron 58 resultados, de los cuales se formularon 46 observaciones, mismas que
                                                  no fueron atendidas por la Entidad Fiscalizable, generando 1 recomendación, 12 solicitudes
                                                  de aclaración y 33 Pliegos de observaciones.

                                                  Núm.  Núm. De resultado                       Número de acción             Acción emitida
                                                     1           AF-06     2022-OA/CPM/004/2023-RE-01             Recomendación

                                                  Núm.  Núm. De resultado                       Número de acción            Acción emitida
                                                     1           AF-03     2022-OA/CPM/004/2023-SA-01             Solicitud de Aclaración
                                                     2           AF-05     2022-OA/CPM/004/2023-SA-02             Solicitud de Aclaración
                                                     3           AF-07     2022-OA/CPM/004/2023-SA-03             Solicitud de Aclaración
                                                     4           AF-26     2022-OA/CPM/004/2023-SA-04             Solicitud de Aclaración
                                                     5           AF-44     2022-OA/CPM/004/2023-SA-05             Solicitud de Aclaración
                                                     6           AF-45     2022 OA/CPM/004/2023-SA-06             Solicitud de Aclaración

                                                  100
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