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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022  siguientes a la fecha de corte, y la residencia de supervisión dentro de los ocho días hábiles siguientes a su recepción deberá revisar y en su
                                                  caso autorizar la estimación de que se trate.”

                                                  RESULTADO: AF-55  CON OBSERVACIÓN

                                                  Derivado de la revisión efectuada a los expedientes técnicos unitarios, proporcionados por el
                                                  Municipio de San Antonio Huitepec, Distrito de Zaachila, Oaxaca, de las obras incluidas en la
                                                  muestra, se observa que un concepto de obra en su estimación presenta fotografías que evidencian
                                                  que los trabajos ejecutados no cumplieron con las características y especificaciones con las que
                                                  fueron contratados, observación presente en una obra como se relaciona a continuación:

                                                  NÚM.  NOMBRE DE LA OBRA                                            LOCALIDAD        NÚMERO DE     IMPORTE        NÚMERO DE
                                                                                                                                       CONTRATO
                                                                                                                                                    DETERMINADO    ANEXO
                                                                                                                                   COP/MSAH/108/
                                                  OC-4  AMPLIACIÓN DE CAMINO RURAL: SAN ANTONIO                      SAN ANTONIO  FAISM-DF/01/2022  $1,208,190.00 DAM-VIF-07
                                                        HUITEPEC-SANTA MARÍA PEÑOLES DEL KM                             HUITEPEC
                                                        4+000 AL KM 9+000.                                                                 TOTAL

                                                                                                                                                    $1,208,190.00

                                                  Fuente: Expedientes técnicos presentados por el Ente Fiscalizado.

                                                  Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:

                                                           Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.
                                                           Artículo 74: “Las Dependencias, Entidades o Ayuntamientos ejecutores, tendrán la obligación de supervisar y vigilar todo el proceso
                                                           constructivo de la obra pública a su cargo.”

                                                           Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano para el Estado de Oaxaca.
                                                           Artículo 198: “El Municipio correspondiente y la Secretaría, en el ámbito de sus competencias, supervisarán y vigilarán, en todo momento,
                                                           que las obras y actividades realizadas estén de acuerdo con el proyecto autorizado y demás lineamientos señalados por la presente Ley, sus
                                                           reglamentos respectivos y los programas de ordenamiento territorial y de desarrollo urbano vigentes.”

                                                  Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al
                                                  H.  Ayuntamiento del Municipio de San Antonio Huitepec Distrito de Zaachila, Oaxaca, comprobar,
                                                  justificar o aclarar ante esta Auditoría Superior de Fiscalización, el importe de $1,208,190.00 (Un
                                                  millón doscientos ocho mil ciento noventa pesos 00/100 M.N.), conforme a las observaciones que se
                                                  detallan en este Resultado y presentara la información y documentación que demuestren las acciones
                                                  realizadas tendientes a solventar las observaciones determinadas.

                                                  Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMA/383/2023, notificado el 18 de septiembre de 2023,
                                                  se dieron a conocer a la Entidad Fiscalizable los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a
                                                  efecto de que esa Entidad Fiscalizable en un plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y
                                                  aclaraciones correspondientes.

                                                  El municipio de San Antonio Huitepec, Distrito de Zaachila, Oaxaca, en el proceso de
                                                  aclaraciones y justificaciones, mediante oficio sin número de fecha 08 de octubre de 2023,
                                                  presentó documentación como consta en el acta circunstanciada de recepción de fecha 09 de
                                                  octubre de 2023, para este resultado en particular, 16 fojas útiles, de los folios 001 al 016 en copias
                                                  certificadas, consistentes en:

                                                  Reporte fotográfico y foja 1 de 2 del cuerpo de la estimación dos (finiquito) y las tarjetas de análisis
                                                  de precios unitarios, en relación a la obra “Ampliación de camino rural: San Antonio Huitepec-Santa
                                                  María Peñoles del KM 4+000 al KM 9+000.”

                                                  Documentación que acredita que la Entidad Fiscalizable remitió documentación con la información
                                                  referente a este resultado, sin embargo, se determinó que este resulta insuficiente para solventar la
                                                  observación emitida, toda vez que:

                                                  La documentación presentada no acredita la evidencia fotográfica de los trabajos ejecutados
                                                  que cumplan con las características y especificaciones con las que fueron contratados, como se
                                                  desglosa en el anexo DAM-VIF-07-SEG-07.

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