Page 7 - 005 San Bartolome Loxicha
P. 7

AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA                                                                          INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022

15.	Se verificó que el Ente Fiscalizable elaboró el Programa Anual de Obra, y que contó con los
    estudios, proyectos, especificaciones de construcción y programas de ejecución, y que se
    ajustó a las normas correspondientes, requisitos preliminares para la realización de las obras
    públicas.

16.	Se verificó el cumplimiento normativo del procedimiento de adjudicación realizado por el Ente
    Fiscalizable para la contratación de obra pública.

17.	Se verificó que la asignación de obra por contrato se encontrara debidamente sustentada y
    formalizada, y que para la asignación por Administración Directa, el Ayuntamiento contó con la
    capacidad técnica, administrativa, operativa y elementos necesarios para el desarrollo de los
    trabajos.

18.	Se verificó que el Ente Fiscalizable, previo a la ejecución de la obra, acreditó haber
    implementado los mecanismos de control, vigilancia y supervisión.

19.	Se verificó que la obra pública contó con la documentación justificativa consistente en
    estimaciones de obra y su respectiva documentación soporte; y en caso de modificaciones, se
    encuentren debidamente justificadas y formalizadas mediante los convenios modificatorios.

20.	 Se verificó que el ente auditado presentó la documentación comprobatoria que ampara
    el pago de las estimaciones de obra, en caso de obras contratadas, o el pago de materiales,
    mano de obra, alquiler de equipo y maquinaria de construcción utilizados en la obra, en caso de
    Administración Directa.

21.	Se realizó verificaciones e inspecciones físicas de obra, y constatar que las obras cumplieron
    con los plazos de ejecución, que están concluidas, operan adecuadamente y que se ejecutaron
    conforme a la documentación comprobatoria y justificativa.

22.	 Se verificó que la terminación y entrega de los trabajos se realizaron conforme a la
    normatividad aplicable de acuerdo a la modalidad de ejecución de la obra.

23.	 Se confirmó que la entidad municipal contrato obligaciones a corto plazo.

24.	 Se verificó que los ingresos por financiamiento interno fueron registrados y cuenten con la
    documentación original comprobatoria.

25.	 Se constató que los saldos reflejados por obligaciones a corto plazo contradas se hayan
    realizado bajo las mejores condiciones, la existencia de registros contables específicos
    debidamente actualizados, identificados y controlados, así como que se encuentren
    respaldados con la documentación original comprobatoria y justificativa y cumpla con la
    normatividad aplicable.

26.	 Se confirmó que la entidad municipal contrato Deuda Pública.

27.	Se verificó que los ingresos por financiamiento interno fueron registrados y cuenten con la
    documentación original comprobatoria.

28.	 Se constató que los saldos de deuda pública contratada se hayan realizado bajo las mejores
    condiciones, la existencia de registros contables y presupuestarios específicos debidamente
    actualizados, identificados y controlados, así como que se encuentren respaldados con la
    documentación original comprobatoria y justificativa y cumpla con la normatividad aplicable.

                                                                                                                                                                            5
   2   3   4   5   6   7   8   9   10   11   12