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• Sistema constructivo (Especificaciones generales).
            • Acuerdo administrativo por el que se dictamina la excepción a la licitación pública.
            • Contrato de obra pública.
            • Acta entrega de disposición del inmueble e inicio de los trabajos.
            • Acta de entrega y recepción física de los trabajos.
            • Acta finiquito del contrato de obra pública.

De la revisión y Análisis de la documentación y argumentos presentados por la Entidad Fiscalizable, se verifico
que no integra en su totalidad la información correspondiente al Expediente Técnico Unitario en cada una de sus
etapas; como se detalla:

Planeación, Programación y Presupuestación:

      • Programa de ejecución de la obra, acción e inversión, presentó:
           No presenta la documentación requerida. Presenta copia certificada de Oficio Información requerida-
           resultado AF-37, con folio 2653 de fecha 22 de septiembre de 2023, en el inciso (b), hace referencia al
           oficio de solicitud de presupuesto procedimiento AD-XX136-2022, con número de folio D.G.01/4407-
           04/2022 de fecha 11 de octubre de 2022; en el cual se menciona el periodo de ejecución de la obra mas
           no se detalla un programa de ejecución de obra.

Por lo cual, no atendió este punto.

      • Croquis de macro y micro localización, presentó:
           No presenta la documentación requerida.

Por lo cual, no atendió este punto.

      • Acreditación de tenencia de la tierra, presentó:
           No presenta la documentación requerida.

Por lo cual, no atendió este punto.

      • Dictamen de factibilidad, presentó:
           No presenta la documentación requerida.

Por lo cual, no atendió este punto.

Por lo que esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que subsiste la observación
por lo que se emite.

Solicitud de aclaración:
2022-OA/CPE/08/2023-SA-21
Para que Vivienda Bienestar, antes Comisión Estatal de Vivienda; justifique o aclare, ante esta Auditoría Superior
de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la debida integración del expediente técnico-unitario en cada una de sus
etapas, conforme a la observación que se detalla en este resultado.

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