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Planeación, Programación y Presupuestación:
• Programa de ejecución de la obra, acción e inversión, presentó:
No presenta la documentación requerida. Presenta copia certificada de Oficio Información requerida-
resultado AF-47, con folio 2662 de fecha 22 de septiembre de 2023, en el inciso (b), hace referencia al
oficio de solicitud de presupuesto procedimiento AD-XX090-2022 con número de folio D.G.01/2831-
04/2022 de fecha 30 de agosto de 2022; en el cual se menciona el periodo de ejecución de la obra mas
no se detalla un programa de ejecución de obra.
Por lo cual, no atendió este punto.
• Croquis de macro y micro localización, presentó:
No presenta la documentación requerida.
Por lo cual, no atendió este punto.
• Acreditación de tenencia de la tierra, presentó:
No presenta la documentación requerida.
Por lo cual, no atendió este punto.
• Dictamen de factibilidad, presentó:
No presenta la documentación requerida.
Por lo cual, no atendió este punto.
Por lo que esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que subsiste la observación
por lo que se emite.
Solicitud de aclaración:
2022-OA/CPE/08/2023-SA-31
Para que Vivienda Bienestar, antes Comisión Estatal de Vivienda; justifique o aclare, ante esta Auditoría Superior
de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la debida integración del expediente técnico-unitario en cada una de sus
etapas, conforme a la observación que se detalla en este resultado.
Incumpliendo con lo establecido en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca,
Artículos 20, fracción III, IV y VI, 22, fracción I, III y 26, que a la letra dicen:
Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.
Artículo 20: “Las Dependencias, Entidades y Ayuntamientos, elaborarán los programas de obra pública, en los que se incluirá
la presupuestación fundada en políticas, prioridades, objetivos y estimaciones de recursos de planeación estatal y municipal del
desarrollo, considerando”.
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