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INFORME FINAL DE AUDITORÍA  Fiscalización del Estado de Oaxaca, dentro del plazo legalmente concedido en la prórroga         C. Sara Josefina Juárez Mejía: Directora de Auditoría Estatal “A”.
                            antes mencionada, signado por el C. Víctor César Vásquez Bocanegra, Director de Control y        C. María Luisa Arcos Guzmán: Jefa de departamento de Auditoría de Verificación e
                            Evaluación de Obra Pública y enlace de auditoría de la Secretaría de Infraestructuras y          Inspección Física.
                            Comunicaciones, presentó información y documentación misma que se describió y                    C. Migdalia Espinosa Montes: Jefa de Departamento de Auditoría al Desempeño.
                            recepcionó mediante el Acta Circunstanciada levantada con fecha 18 de junio de 2024.             C. Leticia Matías Ríos: Auditor.
                                                                                                                             C. Manuel González Bernal: Auditor.
                            Derivado de la revisión y fiscalización realizada a la documentación presentada por la           C. Fernando Tovar Vicente: Auditor.
                            Entidad Fiscalizable, con fundamento en los artículos 31, 32 y 33 de la Ley de Fiscalización     C. Ana Laura García Hernández: Auditor.
                            Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, se emitió el Informe Preliminar de         C. Fanny Martínez Baldadano: Auditor.
                            Auditoria, mismo que fue entregado y notificado legalmente el día 03 de octubre de 2024 al       C. David Morales Bustamante: Auditor.
                            Ing. Netzahualcóyotl Salvatierra López, Secretario de Infraestructuras y Comunicaciones,         C. Bernardo Reyes Santos: Auditor.
                            como consta en el acta de notificación correspondiente.
                                                                                                                             CRITERIOS DE SELECCIÓN
                            Mediante el Informe Preliminar de Auditoría, se le concedió a la Entidad Fiscalizable, un plazo
                            de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a que haya surtido efectos la         En cumplimiento al mandato constitucional de realizar la función de revisión y fiscalización
                            notificación del Informe Preliminar, para que presentara ante esta Auditoria Superior de         a las Cuentas Públicas del ejercicio fiscal 2023, esta Auditoría Superior de Fiscalización del
                            Fiscalización del Estado de Oaxaca la documentación, justificación e información para            Estado de Oaxaca, consideró los tipos de auditoría previstos en la Norma Profesional del
                            atender las observaciones detalladas, las acciones emitidas formuladas a la Entidad              Sistema Nacional de Fiscalización número 1 y determinó aplicar a la entidad fiscalizable en
                            Fiscalizable en el Informe mencionado.                                                           mención, los siguientes tipos de auditoría:

                            Una vez vencido el plazo otorgado y estando dentro del plazo legalmente concedido,               Auditoría Financiera*: Son evaluaciones independientes, reflejadas en una opinión con
                            mediante oficio número SIC/OS/0576/2024 de fecha 25 de octubre de 2024, recibido en esa          garantías razonables, de que la situación financiera presentada por un ente, así como los
                            misma fecha en la oficialía de partes de esta Auditoria Superior de Fiscalización del Estado     resultados y la utilización de los recursos, se presentan fielmente de acuerdo con el marco
                            de Oaxaca, signado por el Ing. Netzahualcóyotl Salvatierra López, Secretario de                  de información financiera.
                            Infraestructuras y Comunicaciones, presentó información y documentación para atender
                            las acciones emitidas formuladas en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se             Auditoría de Cumplimiento*: Determina en qué medida el ente fiscalizado ha observado las
                            describió y recepcionó mediante el Acta Circunstanciada levantada el 25 de octubre de            leyes, los reglamentos, las políticas, los códigos establecidos y otras disposiciones
                            2024.                                                                                            contractuales, y puede abarcar gran variedad de materias sujetas a fiscalización.
                                                                                                                             Auditoría de Desempeño*: Son el examen de la economía, eficiencia y eficacia de la
                            NOMBRES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS A CARGO DE REALIZAR LA AUDITORÍA                              administración pública y los programas gubernamentales; cubren no solamente
                                                                                                                             operaciones financieras específicas, sino además todo tipo de actividad gubernamental.
                            Mediante oficios número ASFE/OT/0312/2024, ASFE/OT/0958/2024 y ASFE/OT/2339/2024 de
                            fechas 23 de febrero de 2024, 08 de mayo de 2024 y 10 de julio de 2024, respectivamente; la      *Fuente: Definiciones con base en las Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de
                            Titular de la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, comisionó para realizar  Fiscalización.
                            la Auditoría Financiera, de Cumplimiento y Sobre el Desempeño número OA/CPE/02/2024, a
                            los siguientes servidores públicos:

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