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De igual manera, se verificó que al 31 de diciembre de 2023, existe una diferencia entre el importe pagado registrado           M.N.) quedando por atender un importe de $39,865.11 (Treinta y nueve mil ochocientos                                        INFORME FINAL DE AUDITORÍA
presupuestalmente y el importe reflejado como pagado contablemente, situación que refleja que la información                    sesenta y cinco pesos 11/100 M.N.) como se detalla en el ANEXO DAE-AF-25-SOLV; Por lo
financiera, no cumple con los criterios de utilidad, confiabilidad, relevancia, comprensibilidad y de comparación, como         anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye como no
se detalla a continuación:                                                                                                      solventado el pliego de observación y atendida la solicitud de aclaración.

                                           PAGADO SEGÚN                                                                         El siguiente resultado AF-29 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que
                                                                                                                                se transcribe a continuación:
NUM  PARTIDA                    FUENTE DE  ESTADO DEL     PAGADO REGISTRADO                        DIFERENCIA
                           FINANCIAMIENTO   EJERCICIO        CONTABLEMENTE                            $227,390.44

                                           PRESUPUESTAL

     INTERNET, REDES Y     BECBC1123

1 PROCESAMIENTO DE UNIVERSIDAD DEL         $1,354,242.48                            $1,126,852.04                               “RESULTADO: AF-29  CON OBSERVACIÓN

     INFORMACIÓN           PAPALOAPAN

Fuente: Estado del ejercicio presupuestal, presentado por la Entidad Fiscalizable.                                              De la revisión y análisis a la información y documentación presentada por la Entidad Fiscalizable relativo a los registros
                                                                                                                                contables y Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC’s), correspondiente a la totalidad de la partida de Arrendamiento
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación; 16, 17, 38, 38 fracción I,       de Edificios, pagada con la fuente de financiamiento BECBC1123 “Universidad del Papaloapan”, la cual formó parte
41, 42 párrafo primero, 43 y 44 párrafo segundo de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 25 párrafo primero,            de la muestra de auditoría; se observó la falta de documentación comprobatoria, como se detalla en el ANEXO DAE-
26 párrafo primero fracciones I, II, III, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 4 párrafo  AF-26, por un importe de $244,855.32 (Doscientos cuarenta y cuatro mil ochocientos cincuenta y cinco pesos 32/100
tercero de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria;; 186 y 190 párrafo primero del Reglamento de             M.N.).
la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca
para el ejercicio fiscal 2023.                                                                                                  Incumpliendo con lo establecido en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación; 42 párrafo primero y
                                                                                                                                43 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 25 párrafo primero, 26 párrafo primero fracciones I, II y III de la
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve las siguientes acciones:               Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 4 párrafos tercero y cuarto, 48 párrafo primero
                                                                                                                                de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 23 y 186 del Reglamento de la Ley Estatal de
Pliego de Observaciones:                                                                                                        Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el ejercicio
2023-OA/CPE/18/2024-PO-25                                                                                                       fiscal 2023.

Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación que               Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente acción:
justifique, aclare o en su caso, presente el comprobante del reintegro por la cantidad de $ 1,354,242.48 (Un millón
trescientos cincuenta y cuatro mil doscientos cuarenta y dos pesos 48/100 M.N.), conforme a la observación detallada            Pliego de Observaciones.
en este resultado.                                                                                                              2023-OA/CPE/18/2024-PO-26

Solicitud de aclaración.                                                                                                        Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación que
2023-OA/CPE/18/2024-SA-14                                                                                                       justifique, aclare o en su caso, presente el comprobante del reintegro por la cantidad de $244,855.32 (Doscientos
                                                                                                                                cuarenta y cuatro mil ochocientos cincuenta y cinco pesos 32/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este
Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación que               resultado. “
justifique o aclare, la diferencia en el Estado del ejercicio Presupuestal y los registros contables entre el momento
devengado y el pagado, conforme a la observación que se detalla en este resultado. “                                            La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación en copias certificadas para
                                                                                                                                atender el resultado antes transcrito.
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación en copias certificadas para
atender el resultado antes transcrito.                                                                                          De la revisión y análisis a la información, documentación y argumentos presentados por la
                                                                                                                                Entidad Fiscalizable, esta resulta insuficiente, toda vez que, no presentó documentación
De la revisión y análisis a la información, documentación y argumentos presentados por la                                       comprobatoria y justificativa del gasto por un importe de $244,855.32 (Doscientos cuarenta
Entidad Fiscalizable, esta resulta insuficiente, toda vez que, no presentó documentación                                        y cuatro mil ochocientos cincuenta y cinco pesos 32/100 M.N.), atendiendo un importe de
comprobatoria y justificativa del gasto por un importe de $1,354,242.48 (Un millón trecientos                                   $16,893.70 (Dieciséis mil ochocientos noventa y tres pesos 70/100 M.N.) quedando por
cincuenta y cuatro mil doscientos cuarenta y dos pesos 48/100 M.N.), atendiendo un importe                                      atender un importe de $227,961.62 (Doscientos veintisiete mil novecientos sesenta y un
de $1,314,377.37 (Un millón trescientos catorce mil trescientos setenta y siete pesos 37/100

                                                                                                                                                                                                                           19
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