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que la información financiera no cumple con los criterios de utilidad, confiabilidad, relevancia, comprensibilidad y de Oaxaca, concluye como no solventado el pliego de observación y atendida la solicitud de
comparación, como se detalla a continuación: aclaración.
NÚM PARTIDA FUENTE DE PAGADO SEGÚN PAGADO DIFERENCIA El siguiente resultado AF-23 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se INFORME FINAL DE AUDITORÍA
FINANCIAMIENTO ESTADO DEL REGISTRADO $7,383.49 transcribe a continuación:
EJERCICIO CONTABLEMENTE
PRESUPUESTAL
1 MATERIALES, UTILES BECBC1123 $150,407.40 $143,023.91 “RESULTADO: AF-23 CON OBSERVACIÓN
Y EQUIPOS UNIVERSIDAD DEL
De la revisión y análisis a la información y documentación presentada por la Entidad Fiscalizable relativo a los registros
MENORES DE PAPALOAPAN presupuestales, contables y Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC´s) de la totalidad de la partida de Refacciones y
OFICINA Accesorios Menores para Maquinaria y Otros Equipos, presupuestada y pagada con la fuente de financiamiento
BECBC1123 “Universidad del Papaloapan”, la cual formó parte de la muestra de auditoría; se observó la falta de
Fuente: Estado del ejercicio presupuestal, presentado por la Entidad Fiscalizable. documentación comprobatoria, como se detalla en el ANEXO DAE-AF-20, por un importe de $ 134,817.84 (Ciento treinta
y cuatro mil ochocientos diecisiete pesos 84/100 M.N.).
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación; 16, 17, 38 fracción I, 41,
42 párrafo primero, 43 y 44 párrafo segundo de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 25 párrafo primero y De igual manera se verificó que al 31 de diciembre de 2023, existe una diferencia entre el importe pagado registrado
26 párrafo primero fracciones I, II y III de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 4 contablemente y el importe reflejado como pagado presupuestalmente en el Estado del Ejercicio Presupuestal,
párrafo tercero de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 186 y 190 párrafo primero del situación que refleja que la información financiera, no cumple con los criterios de utilidad, confiabilidad, relevancia,
Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 88 del Presupuesto de Egresos del Estado comprensibilidad y de comparación, como se detalla a continuación:
de Oaxaca para el ejercicio fiscal 2023.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve las siguientes acciones:
Pliego de Observaciones. NUM PARTIDA FUENTE DE PAGADO SEGÚN PAGADO DIFERENCIA
2023-OA/CPE/18/2024-PO-19 FINANCIAMIENTO ESTADO DEL REGISTRADO $516.76
EJERCICIO CONTABLEMENTE
Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación que PRESUPUESTAL
justifique, aclare o en su caso, presente el comprobante del reintegro por la cantidad de $150,407.40 (Ciento cincuenta
mil cuatrocientos siete pesos 40/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este resultado. 1 REFACCIONES Y BECBC1123 $134,817.84 $134,301.08
ACCESORIOS MENORES UNIVERSIDAD DEL
PARA MAQUINARIA Y PAPALOPAN
OTROS EQUIPOS
Solicitud de aclaración. Fuente: Estado del ejercicio presupuestal, presentado por la Entidad Fiscalizable.
2023-OA/CPE/18/2024-SA-08
Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación que Incumpliendo con lo establecido en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación; 16, 17, 38, 38 fracción I,
justifique o aclare, la diferencia en el Estado del ejercicio Presupuestal y los registros contables entre el momento 41, 42 párrafo primero, 43 y 44 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 25 párrafo primero, 26 párrafo
devengado y el pagado, conforme a la observación que se detalla en este resultado. “ primero fracciones I, II, III, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 4 párrafo tercero
de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 186 y 190 párrafo primero del Reglamento de la Ley
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación en copias certificadas para Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el
atender el resultado antes transcrito. ejercicio fiscal 2023.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve las siguientes acciones:
De la revisión y análisis a la información, documentación y argumentos presentados por la Pliego de Observaciones.
Entidad Fiscalizable, esta resulta insuficiente, toda vez que, no presentó documentación 2023-OA/CPE/18/2024-PO-20
comprobatoria y justificativa del gasto por un importe de $150,407.40 (Ciento cincuenta mil
cuatrocientos siete pesos 40/100 M.N.), atendiendo un importe de $142,521.89 (Ciento Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación que
cuarenta y dos mil quinientos veintiún pesos 89/100 M.N.) quedando por atender un importe justifique, aclare o en su caso, presente el comprobante del reintegro por la cantidad de $ 134,817.84 (Ciento treinta y
de $7,885.51 (Siete mil ochocientos ochenta y cinco pesos 51/100 M.N.) como se detalla en el cuatro mil ochocientos diecisiete pesos 84/100 MN.); conforme a la observación detallada en este resultado.
ANEXO DAE-AF-19-SOLV; Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de
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