Page 6 - 016 Santa María Chilchotla
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ALCANCE



Universo: $120,983,208.80 (Ciento veinte millones novecientos ochenta y tres mil doscientos ocho pesos

80/100 M.N



Muestra: $96,749,189.63 (Noventa y seis millones setecientos cuarenta y nueve mil ciento ochenta y nueve

pesos 63/100 M.N).



Porcentaje de Alcance: 79.97%



                                           PROCEDIMIENTOS DE AUDITORÍA APLICADOS



      1. Se realizó un estudio General de Control Interno.



      2. Se comprobó que los saldos reflejados en las cuentas bancarias en las que recibieron y administraron

            los recursos de los fondos sean fidedignos, que cuenten con la documentación original comprobatoria y

            justificativa, así mismo se verificó que las cuentas bancarias especificas cuentan con los contratos de

            apertura y que se encuentren autorizadas con firmas mancomunadas, se verificó que la Entidad

            Fiscalizable elaboró las conciliaciones bancarias, se constató que no se hayan transferido recursos de

            la cuenta bancaria receptora del fondo a otras cuentas en las que el municipio manejo otro tipo de

            recursos, y se verificó que los rendimientos de la cuenta productiva se hayan registrado en la

            contabilidad.



      3. Se verificó que los bienes muebles adquiridos se encuentren registrados contablemente, que estén

            autorizados en el presupuesto, se encuentren en el inventario de bienes de la entidad fiscalizable,

            cuenten con los resguardos correspondientes y con la documentación original comprobatoria y

            justificativa y cumpla con la normatividad aplicable.



      4. Se verificó que los ingresos recibidos se encuentren contemplados en la Ley de Ingresos autorizada y

            publicada del ejercicio fiscal correspondientes, así mismo se comprobó que fueron registrados en los

            tiempos establecidos en la normatividad aplicable y cuenten con la documentación original

            comprobatoria y justificativa.



      5. Se verificó que la entidad fiscalizable contó con una cuenta bancaria productiva específica para cada

            fondo o programa de que se trate, en la que se manejaron exclusivamente esos recursos.



      6. Se verificó la autorización de las partidas en el presupuesto de egresos, la existencia de registros

            contables y presupuestales específicos de las erogaciones del fondo o programa, debidamente

            actualizados, identificados y controlados, así como que se encuentren respaldados con la

            documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido y cumpla con la normatividad

            aplicable.



      7. Se verificó que las categorías, puestos y números de plazas se encuentren autorizadas, así mismo, que

            las remuneraciones por sueldos y salarios se apegue a los tabuladores autorizados y vigentes en el



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