Page 21 - Huajuapan de León
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Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera INFORME FINAL DE AUDITORÍA
suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
como solventado el resultado AF-29. como solventado el resultado AF-30.
El siguiente resultado AF-30 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se El siguiente resultado AF-31 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
transcribe a continuación: transcribe a continuación:
(…) CON OBSERVACIÓN (…) CON OBSERVACIÓN
“RESULTADO: AF-30 “RESULTADO: AF-31
De la revisión a la sub-subcuenta 51391-3941 OBLIGACIONES O INDEMNIZACIONES DERIVADAS DE De la revisión a la sub-subcuenta 51391-3992 SERVICIOS DE LABORATORIO; se constató que la Entidad
RESOLUCIONES POR AUTORIDAD COMPETENTE; se constató que la Entidad Fiscalizable afectó al Fiscalizable afectó al Presupuesto de Egresos en cantidad de $1,737,168.70 (Un millón setecientos treinta
Presupuesto de Egresos en cantidad de $371,097.22 (Trescientos setenta y un mil noventa y siete pesos y siete mil ciento sesenta y ocho pesos 70/100 M.N.), observando la cantidad de $64,416.50 (Sesenta
22/100 M.N.) observando la cantidad de $72,594.16 (Setenta y dos mil quinientos noventa y cuatro y cuatro mil cuatrocientos dieciséis pesos 50/100 M.N.), debido a que los registros contables y
pesos 16/100 M.N.), debido a que los registros contables y presupuestarios en cantidad de no se presupuestarios no se encuentran soportados con la documentación comprobatoria y justificativa del
encuentran soportados con la documentación comprobatoria y justificativa del gasto; como se detalla gasto; como se detalla en el ANEXO DAM-FC-28.
en el ANEXO DAM-FC-27.
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación; 42, 43,
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación; 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; y 186 párrafos tercero y cuarto
67 y 70 fracción I de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
acción: acción:
Pliego de Observaciones. Pliego de Observaciones.
2023-OA/CPM/010/2024-PO-26 2023-OA/CPM/010/2024-PO-27
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $72,594.16 (Setenta y dos documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $64,416.50 (Sesenta y
mil quinientos noventa y cuatro pesos 16/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este cuatro mil cuatrocientos dieciséis pesos 50/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este
resultado.” resultado.”
(…) (…)
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes
transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente: transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las
observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-27-SOL-27. observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-28-SOL-28.
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