Page 17 - Magdalena Apasco
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Tabla 2 ni comprobación, motivo por el cual no se puede determinar que los Programas INFORME FINAL DE AUDITORÍA
Presupuestarios, antes mencionados, se hayan realizado y ejecutado bajo los principios
PRESUPUESTO DE EGRESOS CUENTA PÚBLICA (REPORTE DE PROGRAMAS PRESUPUESTARIOS) constitucionales de austeridad, planeación, eficiencia, eficacia, economía, transparencia y
honradez, con la finalidad de apoyar el cumplimiento de los programas, proyectos y
NOMBRE DEL METAS ANUALES acciones; por lo tanto, no acreditó que la inversión en los Programas Presupuestarios
“Educación”, “Vivienda y Servicios Básicos” y “Gobierno Moderno”, se hayan realizado bajo
PROGRAMA ACTIVIDAD NOMBRE DEL UNIDAD ACTIVIDAD NOMBRE DEL META META VARIACIÓN el control y resguardo del Presidente Municipal y del Tesorero, como lo determina la
INDICADOR DE INDICADOR PROGRAMADA ALCANZADA normatividad aplicable, presentó copia certificada de oficio número MMA/PM/117/2024/1336,
PROGRAMADAS de fecha 27 de agosto de 2024, suscrito por el C. Virgilio Pérez Santiago, Presidente Municipal
MEDIDA de la Entidad Fiscalizable, dirigido al C. Eduardo Hugo Cruz Daniel, Tesorero Municipal de la
Entidad Fiscalizable, a través del cual manifiesta lo que a la letra dice: “…me permito girarle
EDUCACIÓN - -- - OBRA INFRAESTRUCTUR 1 PROYECTO 0 1 PROYECTO instrucciones, para que en lo subsecuente verifique que las metas, indicadores, unidad de
PÚBLICA A EDUCATIVA PROYECTO medida de los indicadores, así como las acciones/actividades/servicios establecidos en el
Presupuesto de Egresos Aprobado, coincidan con los reportados en la cuenta pública
CONSTRUCCIÓN municipal, para que sean susceptibles de comparación o comprobación.”. Sin embargo, al
no presentar la Matriz de Indicadores para Resultados (MIR), las metas reportadas no son
VIVIENDA Y DE susceptibles de comparación ni comprobación, por lo que no acreditó que la inversión en
SERVICIOS los Programas Presupuestarios “Educación”, “Vivienda y Servicios Básicos” y “Gobierno
BÁSICOS - -- - AGUA INFRAESTRUC- 100% 0% 100% Moderno”, se hayan realizado bajo el control y resguardo del Presidente Municipal y del
POTABLE TURA DE AGUA Tesorero, como lo determina la normatividad aplicable, en consecuencia, no ejerció a su
favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición
POTABLE de Cuentas del Estado de Oaxaca.
(AMPLIACIÓN) Incumpliendo con lo establecido en los artículos 46 párrafo primero fracción III, 54 párrafos
primero y segundo, 61 párrafo primero fracción II incisos a) y b) de la Ley General de
GASTOS GASTO CON 7522 1880 5642 Contabilidad Gubernamental; 68 fracción X, 95 párrafo primero fracción IX y 127 párrafo
PRESIDENCIA CLASIFICACIÓN HABITANTES primero de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; Lineamientos para la
MUNICIPAL HABITANTES HABITANTES Construcción y Diseño de Indicadores de Desempeño mediante la Metodología del Marco
PERSIDENCIA Lógico (MML).
GOBIERNO - -- - MUNICIPAL (SIC)
MODERNO Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
GASTOS GASTOS 7522 1880 5642 concluyendo como no solventado el resultado AD-06.
TESORERIA TESORERIA
MUNICIPAL MUNICIPAL HABITANTES HABITANTES HABITANTES El siguiente resultado AD-07 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se
transcribe a continuación:
Por otra parte, la Entidad Fiscalizable acreditó, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado
de Oaxaca, que elaboró y presentó la documentación e información correspondiente a las obras
públicas ejecutadas a través de los Programas Presupuestarios.
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 46 párrafo primero fracción III, 54 párrafos primero y
segundo, 61 párrafo primero fracción II incisos a) y b) de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental; 68 fracción X, 95 párrafo primero fracción IX y 127 párrafo primero de la Ley Orgánica
Municipal del Estado de Oaxaca; Lineamientos para la Construcción y Diseño de Indicadores de
Desempeño mediante la Metodología del Marco Lógico (MML).
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
Solicitud de Aclaración:
2023-OA/CPM/015/2024-SA-06
Se requiere que presente, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones que se detallan en
este resultado.”
(…)
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes
transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
Respecto a la observación que al no haber presentado la Matriz de Indicadores para
Resultados (MIR), de los Programas Presupuestarios “Educación”, “Vivienda y Servicios
Básicos” y “Gobierno Moderno”, las metas reportadas no son susceptibles de comparación
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