Page 16 - Magdalena Apasco
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INFORME FINAL DE AUDITOROÍA              Se observó que la Entidad Fiscalizable no presentó evidencia relativa a la elaboración y autorización        Incumpliendo con lo establecido en los artículos 61 párrafo primero fracción II inciso b) de la
                                         del Árbol de Problemas, Árbol de Objetivos y Matriz de Indicadores para Resultado (MIR), de los              Ley General de Contabilidad Gubernamental; 18 párrafo primero de la Ley de Disciplina
                                         Programas Presupuestarios “Educación”, “Vivienda y Servicios Básicos y “Gobierno Moderno”. Derivado          Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; Lineamientos para la
                                         de lo anterior, no acreditó haber implementado el diseño de la Metodología del Marco Lógico (MML) en         Construcción y Diseño de Indicadores de Desempeño mediante la Metodología del Marco
                                         el ejercicio fiscal 2023.                                                                                    Lógico (MML).

                                         Incumpliendo con lo establecido en los artículos 61 párrafo primero fracción II inciso b) de la Ley General  Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
                                         de Contabilidad Gubernamental; 18 párrafo primero de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades        insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
                                         Federativas y los Municipios; Lineamientos para la Construcción y Diseño de Indicadores de                   concluyendo como no solventado el resultado AD-05.
                                         Desempeño mediante la Metodología del Marco Lógico (MML).
                                                                                                                                                      El siguiente resultado AD-06 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se
                                         Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:                    transcribe a continuación:

                                         Solicitud de Aclaración:                                                                                              (…)
                                         2023-OA/CPM/015/2024-SA-05
                                         Se requiere que presente, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la                         “RESULTADO: AD-06 CON OBSERVACIÓN
                                         documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones que se detallan en
                                         este resultado.”                                                                                                         CUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOS Y METAS DE LOS INDICADORES DE DESEMPEÑO
                                                                                                                                                                  De la revisión y análisis realizados al Presupuesto de Egresos aprobado y a la Cuenta Pública Municipal
                                      (…)                                                                                                                         del ejercicio fiscal 2023, presentados por la Entidad Fiscalizable, con la finalidad de verificar el
                                                                                                                                                                  Cumplimiento de los objetivos y metas de los indicadores establecidos para los Programas
                             La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes                                          Presupuestarios “Educación”, “Vivienda y Servicios Básicos” y “Gobierno Moderno”, se concluye lo
                             transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:                                                                       siguiente:

                             Respecto a la observación que no presentó evidencia relativa a la elaboración y autorización                                         La Entidad Fiscalizable, en la Cuenta Pública Municipal, reportó la ejecución de los Programas
                             del Árbol de Problemas, Árbol de Objetivos y Matriz de Indicadores para Resultado (MIR),                                             Presupuestarios “Educación” a través de una actividad con sus respectivas metas; “Vivienda y Servicios
                             de los Programas Presupuestarios “Educación”, “Vivienda y Servicios Básicos” y “Gobierno                                             Básicos” a través de una actividad con sus respectivas metas; “Gobierno Moderno” a través de dos
                             Moderno”, por lo que no acreditó haber implementado el diseño de la Metodología del                                                  actividades con sus respectivas metas. Sin embargo, al no haber presentado la Matriz de Indicadores
                             Marco Lógico (MML) en el ejercicio fiscal 2023, presentó copia certificada de oficio número                                          para Resultados (MIR), las metas reportadas no son susceptibles de comparación ni comprobación,
                             MMA/PM/116/2024/1335, de fecha 27 de agosto de 2024, suscrito por el C. Virgilio Pérez                                               motivo por el cual no se puede determinar que los Programas Presupuestarios se hayan realizado y
                             Santiago, Presidente Municipal de la Entidad Fiscalizable, dirigido al C. Eduardo Hugo Cruz                                          ejecutado bajo los principios constitucionales de austeridad, planeación, eficiencia, eficacia, economía,
                             Daniel, Tesorero Municipal de la Entidad Fiscalizable, a través del cual manifiesta lo que a la                                      transparencia y honradez, con la finalidad de apoyar el cumplimiento de los programas, proyectos y
                             letra dice: “…me permito girarle instrucciones, para que en lo subsecuente elabore el árbol                                          acciones, tal como se detalla en la tabla 2.
                             de problemas, árbol de objetivos y matriz de indicadores para resultados (MIR) de los
                             programas presupuestarios en la proyección del presupuesto de egresos, para cumplir con                                              Por lo anterior, la Entidad Fiscalizable no acreditó que la inversión en los Programas Presupuestarios
                             ello con la metodología del marco lógico en la elaboración del presupuesto de egresos.”.                                             “Educación”, equivalente a $2,117,048.89 (Dos millones ciento diecisiete mil cuarenta y ocho pesos 89/100
                             Sin embargo, no presentó evidencia de haber elaborado y autorizado el Árbol de Problemas,                                            M.N.); “Vivienda y Servicios Básicos”, equivalente a $4,755,975.53 (Cuatro millones setecientos cincuenta
                             Árbol de Objetivos y Matriz de Indicadores para Resultado (MIR), de los Programas                                                    y cinco mil novecientos setenta y cinco pesos 53/100 M.N.); y “Gobierno Moderno”, equivalente a
                             Presupuestarios “Educación”, “Vivienda y Servicios Básicos” y “Gobierno Moderno”, con lo                                             $13,055,610.32 (Trece millones cincuenta y cinco mil seiscientos diez pesos 32/100 M.N.), se haya realizado
                             que acredite la implementación del diseño de la Metodología del Marco Lógico (MML) en el                                             bajo el control y resguardo del Presidente Municipal y del Tesorero como lo determina la normatividad
                             ejercicio fiscal 2023, en consecuencia, no ejerció a su favor el derecho concedido en el                                             aplicable, así como tampoco acreditó que la inversión de recursos se haya realizado con estricto
                             artículo 34 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca.                                         apego al Presupuesto de Egresos bajo los principios constitucionales de austeridad, planeación,
                                                                                                                                                                  eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, con la finalidad de apoyar el cumplimiento
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