Page 29 - Matias Romero Avendaño
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            “RESULTADO: AF-45 CON OBSERVACIÓN                                                                         De la revisión efectuada a los expedientes técnicos unitarios, proporcionados por el Municipio de            INFORME FINAL DE AUDITORÍA
                                                                                                                      Matías Romero Avendaño, Distrito de Juchitán, Oaxaca, de las obras incluidas en la muestra,
            De la revisión efectuada a los expedientes técnicos unitarios, proporcionados por el Municipio de         respecto al proceso de ejecución de las obras, se constató que no presentó el oficio de asignación
            Matías Romero Avendaño, Distrito de Juchitán, Oaxaca, de las obras incluidas en la muestra,               del residente de obra del Municipio, el oficio de asignación del superintendente de la contratista y el
            respecto al proceso de contratación de las obras, se constató que no presentó el contrato de obra         escrito de la disposición del inmueble; así mismo, presentó el oficio de asignación del residente de
            pública y garantía de cumplimiento, así mismo, presentó contratos de obra pública sin firma y sello       obra del Municipio y el escrito de la disposición del inmueble sin firma y sello de la Presidenta
            de la Síndica Hacendaria Municipal; observaciones presentes en siete obras, que se relacionan en el       Municipal; observaciones presentes en dos obras, como se relacionan en el anexo DAM-VIF-04.
            anexo DAM-VIF-03.
                                                                                                                      Incumpliendo con lo establecido en los artículos 60 y 61 de la Ley de Obras Públicas y Servicios
            Incumpliendo con lo establecido en los artículos 37 fracción II, 47, 50 y 51 de la Ley de Obras Públicas  Relacionados del Estado de Oaxaca.
            y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.
                                                                                                                      Por la anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
            Por la anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente     acción:
            acción:
                                                                                                                      Solicitud de aclaración.
            Solicitud de aclaración.
                                                                                                                      2023-OA/CPM/016/2024-SA-13
            2023-OA/CPM/016/2024-SA-12
                                                                                                                      Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
            Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la           documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones detalladas en
            documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones que se detallan            este resultado.”
            en este resultado.”
                                                                                                                      (…)
         (…)
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La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación en copias certificadas,                                   correspondiente al proceso de ejecución, para atender el resultado antes transcrito, misma
correspondiente al proceso de contratación, para atender el resultado antes transcrito,                               que fue analizada como se detalla en el ANEXO DAM-VIF-SOL- 04.
misma que fue analizada como se detalla en el ANEXO DAM-VIF-SOL- 03.
                                                                                                                      Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 47, 50 y 51 de la Ley de Obras Públicas y                            suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.                                                                          como solventado el resultado AF-46.

Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera                             El siguiente resultado AF-47 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,                                     transcribe a continuación:
concluyendo como no solventado el resultado AF-45.
                                                                                                                      (…)
El siguiente resultado AF-46 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
transcribe a continuación:                                                                                            “RESULTADO: AF-47 CON OBSERVACIÓN

         (…)                                                                                                          De la revisión efectuada a los expedientes técnicos unitarios, proporcionados por el H. Ayuntamiento
                                                                                                                      del Municipio de Matías Romero Avendaño, Distrito de Juchitán, Oaxaca, de las obras incluidas en
                                                                                                                      la muestra, respecto a la documentación comprobatoria, se constató que no presentó los cuerpos
                                                                                                                      de estimaciones, los números generadores, el reporte fotográfico, los croquis de ubicación, las
                                                                                                                      pruebas de resistencia al concreto, las notas de bitácora y las pruebas de compactación Proctor;
                                                                                                                      observaciones presentes en seis obras, que se relacionan en el anexo DAM-VIF-05.

                                                                                                                                                                                                                               27
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