Page 21 - Oaxaca de Juarez
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Respecto a los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, requisición, proceso de La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado INFORME FINAL DE AUDITORÍA
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
contratación y evidencia del uso o destino de los suministros médicos; presentó cédula
de solventación, CFDI´s, pólizas, solicitud y autorización de la adquisición, contrato, entradas Respecto a la requisición, proceso de contratación y evidencia el destino de los productos
y salidas de almacén y reporte fotográfico; como se detalla en el ANEXO DAM-FC-16-SOL, adquiridos; presentó cédula de solventación, CFDI´s, pólizas, solicitud y autorización de la
lo cual resulta suficiente para solventar la observación emitida. adquisición, convenio celebrado y evidencia del destino de los productos adquiridos; como
se detalla en el ANEXO DAM-FC-17-SOL, la cual resulta suficiente para solventar la
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera observación emitida.
suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
concluyendo como solventado el Resultado: AF-24.
El siguiente Resultado: AF-25 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
se transcribe a continuación: suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
concluyendo como solventado el Resultado: AF-25.
(…)
“RESULTADO: AF-25 CON OBSERVACIÓN El siguiente Resultado: AF-26 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
se transcribe a continuación:
De la revisión a la sub-subcuenta 5125611000 FIBRAS SINTÉTICAS, HULES, PLÁSTICOS Y DERIVADOS, se
constató que la Entidad Fiscalizable afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $342,079.09 (…) CON OBSERVACIÓN
(Trescientos cuarenta y dos mil setenta y nueve pesos 09/100 M.N.), observando que los registros
contables y presupuestarios no se encuentran respaldados con la documentación comprobatoria y “RESULTADO: AF-26
justificativa del gasto, relativa a la requisición, el proceso de contratación correspondiente conforme a
la normatividad aplicable, en donde se garanticen al Municipio las mejores condiciones disponibles en De la revisión a la sub-subcuenta 5126111000 COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS, se constató que la
cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, así como Entidad Fiscalizable afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $43,547,457.52 (Cuarenta y tres
evidencia que demuestre el destino de los materiales adquiridos, por un importe de $224,429.72 millones quinientos cuarenta y siete mil cuatrocientos cincuenta y siete pesos 52/100 M.N.); observando
(Doscientos veinticuatro mil cuatrocientos veintinueve pesos 72/100 M.N.), lo anterior, cómo se detalla que los registros contables y presupuestarios no se encuentran respaldados con la documentación
en el ANEXO DAM-FC-17. comprobatoria y justificativa del gasto, relativa a los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, y
requisición; adicionalmente, los documentos presentados para el control de dotación de combustible,
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 párrafo primero y 70 fracción I de la Ley no cumplen con los requisitos establecidos en los lineamientos del municipio para esta partida, por el
General de Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 20 importe de $42,212,352.79 (Cuarenta y dos millones doscientos doce mil trescientos cincuenta y dos
párrafos primero y tercero y 21 párrafo primero del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, pesos 79/100 M.N.), lo anterior, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-18.
Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e
Inmuebles del Estado de Oaxaca; y 24, 25 párrafo primero, 45 y 53 de los Lineamientos Generales 2023 Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
para el Ejercicio del Gasto del Municipio de Oaxaca de Juárez. Contabilidad Gubernamental; 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación; 120 de la Ley Orgánica
Municipal del Estado de Oaxaca; 28 y 29 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos,
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del
acción: Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023; y 25 párrafo primero, 45 y
54 de los Lineamientos generales 2023 para el ejercicio del gasto del municipio de Oaxaca de Juárez.
Pliego de observaciones:
2023-OA/CPM/020/2024-PO-14 Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
acción:
Se le requiere que presente, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $224,429.72 (Doscientos
veinticuatro mil cuatrocientos veintinueve pesos 72/100 M.N.), conforme a la observación detallada en
este resultado.”
(…)
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