Page 20 - Oaxaca de Juarez
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
concluyendo como solventado el Resultado: AF-22. concluyendo como solventado el Resultado: AF-23.
El siguiente Resultado: AF-23 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que El siguiente Resultado: AF-24 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
se transcribe a continuación: se transcribe a continuación:
(…) (…)
“RESULTADO: AF-23 CON OBSERVACIÓN “RESULTADO: AF-24 CON OBSERVACIÓN
De la revisión a la sub-subcuenta 5124911000 OTROS MATERIALES Y ARTÍCULOS DE CONSTRUCCIÓN Y De la revisión a la sub-subcuenta 5125411000 MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS MÉDICOS, se
REPARACIÓN, se constató que la Entidad Fiscalizable afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de constató que la Entidad Fiscalizable afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $557,465.89
$682,482.97 (Seiscientos ochenta y dos mil cuatrocientos ochenta y dos pesos 97/100 M.N.), observando (Quinientos cincuenta y siete mil cuatrocientos sesenta y cinco pesos 89/100 M.N.); observando que los
que los registros contables y presupuestarios, no se encuentran respaldados con la documentación registros contables y presupuestarios no se encuentran respaldados con la documentación
justificativa del gasto, relativa a la requisición y evidencia del destino de los productos adquiridos; lo comprobatoria y justificativa del gasto, relativa a los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet,
anterior, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-15. requisición, el proceso de contratación correspondiente conforme a la normatividad aplicable, en
donde garanticen al municipio las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad,
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes así como la evidencia suficiente del
Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; y 25 párrafo uso o destino del material médico adquirido, por un importe de $186,793.27 (Ciento ochenta y seis mil
primero y 52 de los Lineamientos generales 2023 para el ejercicio del gasto del municipio de Oaxaca setecientos noventa y tres pesos 27/100 M.N.), lo anterior, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-16.
de Juárez.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
acción: Contabilidad Gubernamental; 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación; 120 de la Ley Orgánica
Municipal del Estado de Oaxaca; 28 y 29 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos,
Pliego de observaciones: Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del
2023-OA/CPM/020/2024-PO-12 Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023; y 25 párrafo primero, 45, 53
Se le requiere que presente, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la y 102 de los Lineamientos generales 2023 para el ejercicio del gasto del municipio de Oaxaca de
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre, la cantidad de $682,482.97 (Seiscientos Juárez.
ochenta y dos mil cuatrocientos ochenta y dos pesos 97/100 M.N.), conforme a la observación
detallada en este resultado.” Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
acción:
(…)
Pliego de observaciones:
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación comprobatoria y justificativa,
para atender el resultado antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo 2023-OA/CPM/020/2024-PO-13
siguiente:
Se le requiere que presente, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
Respecto a la requisición y evidencia del destino de los productos adquiridos; presentó documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre, la cantidad de $186,793.27 (Ciento
solicitud y autorización del gasto, entradas y salidas de almacén y evidencia fotográfica ochenta y seis mil setecientos noventa y tres pesos 27/100 M.N.), conforme a la observación detallada
que acredita el destino de los materiales; como se detalla en el ANEXO DAM-FC-15-SOL; la en este resultado.”
cual resulta suficiente para solventar la observación emitida.
(…)
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
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