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Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera El siguiente resultado AD-04 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se INFORME FINAL DE AUDITORÍA
suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo transcribe a continuación:
como atendido el resultado AD-02.
(…)
El siguiente resultado AD-03 SIN OBSERVACIÓN, fue emitido en el Informe Preliminar de CON OBSERVACIÓN
Auditoría, mismo que se transcribe a continuación: “RESULTADO: AD-04
APROBACIÓN DE LAS OBRAS Y ACCIONES DE LOS PROGRAMAS PRESUPUESTARIOS
(…) SIN OBSERVACIÓN Con la finalidad de verificar que las obras y acciones ejecutadas mediante los Programas
Presupuestarios de la muestra de auditoría, fueron planeadas y aprobadas para su ejecución, se revisó
“RESULTADO: AD-03 y analizó el Programa Anual de Obras del ejercicio fiscal 2023, Acta de Priorización de Obras y Acciones
del Consejo de Desarrollo Social Municipal (CDSM) y, Programa Anual de la Administración Pública
PROGRAMAS PRESUPUESTARIOS presentados por la Entidad Fiscalizable, concluyendo lo siguiente:
La Entidad Fiscalizable reportó en la Cuenta Pública Municipal del ejercicio fiscal 2023, un Presupuesto Acta de Priorización de Obras, Acciones y Proyectos del Consejo de Desarrollo Social Municipal (CDSM)
total Modificado por la cantidad de $30,629,826.16 (Treinta millones seiscientos veintinueve mil
ochocientos veintiséis pesos 16/100 M.N.), que ejerció mediante cinco Programas Presupuestarios a De la revisión realizada al documento Acta de Priorización de Obras, Acciones y Proyectos del Consejo
través de 10 obras y acciones. De los cuales, se seleccionaron como muestra para la presente auditoría, de Desarrollo Social Municipal (CDSM), se observó que no se puede determinar si la Entidad Fiscalizable
la revisión de 2 Programas Presupuestarios denominados “Gobierno Moderno” y “Comunicaciones y priorizó o contempló las acciones ejecutadas a través del Programa Presupuestario “Gobierno
Transportes”, correspondientes a 3 obras y acciones, con un importe total de $21,367,458.86 (Veintiún Moderno”, debido a que las acciones establecidas en el documento revisado no coinciden en nombre
millones trescientos sesenta y siete mil cuatrocientos cincuenta y ocho pesos 86/100 M.N.), el cual con los registros en la Cuenta Pública del mismo Programa Presupuestario, siendo su denominación
representa el 69.76% del Presupuesto total Modificado, reportado por la Entidad Fiscalizable. únicamente como “SERVICIO”.
ALINEACIÓN DE LOS PROGRAMAS PRESUPUESTARIOS CON LOS EJES DEL PLAN MUNICIPAL DE DESARROLLO Y Programa Anual de Obras del ejercicio fiscal 2023
PLAN ESTATAL DE DESARROLLO
Se verificó que la Entidad Fiscalizable no presentó el Programa Anual de Obras del ejercicio fiscal 2023.
Se verificó que se ejecutaron los Programas Presupuestarios “Gobierno Moderno” y “Comunicaciones y Programa Anual de la Administración Pública
Transportes”, los cuales se encuentran alineados y relacionados con el Plan Estatal de Desarrollo en los
ejes infraestructuras y servicios públicos para el desarrollo de Oaxaca con su tema Infraestructura para Se verificó que la Entidad Fiscalizable presentó el Programa Anual de la Administración Pública Municipal
ciudades y Comunicaciones Sostenibles, e Infraestructuras y servicios públicos para el desarrollo de del ejercicio fiscal 2023, por lo que acreditó que las obras y acciones ejecutadas de los Programas
Oaxaca con su tema Caminos y Carreteras, respectivamente, y con el Plan Municipal de Desarrollo, en Presupuestarios hayan sido contemplados y autorizados en dicho documento.
los Ejes San Antonino Castillo Velasco moderno y transparente con su tema administración moderna, y
San Antonino Castillo Velasco productivo e innovador con su tema comunicaciones y transportes, Incumpliendo con lo establecido en los artículos 48, 49, 50, 51, 52, 65 de la Ley de Planeación, Desarrollo
respectivamente.” Administrativo y Servicios Públicos Municipales; 43 párrafo primero fracciones XV y XXVI de Ley Orgánica
Municipal del estado de Oaxaca.
(…)
Debido a lo anterior, este resultado AD-03 permanece sin observaciones. Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
Recomendación:
2023-OA/CPM/029/2024-REC-03
La Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le recomienda a la Entidad Fiscalizable, que
en lo subsecuente priorice sus acciones ejecutadas, a través de sus Programas Presupuestarios, en el
Acta de Priorización de Obras, Acciones y Proyectos del Consejo de Desarrollo Social Municipal (CDSM);
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