Page 4 - San Cristobal Lachirioag
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA  CRITERIOS DE SELECCIÓN                                                                            la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; así como con
                                                                                                                              todas y cada una de las disposiciones contenidas en los ordenamientos legales,
                            En cumplimiento al mandato constitucional de realizar la función de revisión y fiscalización      reglamentarios y administrativos correspondientes.
                            a las Cuentas Públicas del ejercicio fiscal 2023, esta Auditoría Superior de Fiscalización del
                            Estado de Oaxaca, consideró los tipos de auditoría previstos en la Norma Profesional del          PROCEDIMIENTOS DE AUDITORÍA APLICADOS
                            Sistema Nacional de Fiscalización número 1 y determinó aplicar al ente fiscalizable en
                            mención, el siguiente tipo de auditoría:                                                           1. Se verificó que la Entidad Fiscalizable haya dado cumplimiento a la elaboración y
                                                                                                                                     presentación del Plan Municipal de Desarrollo, Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos
                            Auditoría de Cumplimiento*: Determina en qué medida el ente fiscalizado ha observado las                 incluyendo las modificaciones, así como su publicación y difusión, debidamente
                            leyes, los reglamentos, las políticas, los códigos establecidos y otras disposiciones                    autorizados.
                            contractuales, y puede abarcar gran variedad de materias sujetas a fiscalización.
                                                                                                                               2. Se verificó que la Entidad Fiscalizable haya dado cumplimiento a la elaboración de los
                            *Fuente: Definición con base en las Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de            documentos administrativos normativos básicos, que se encuentren autorizados y
                            Fiscalización.                                                                                           debidamente publicados, de conformidad con la normatividad aplicable.

                            OBJETIVO                                                                                           3. Se verificó que el acta entrega-recepción de la Administración Municipal se haya
                                                                                                                                     integrado con todos los documentos requeridos y se haya informado a las instancias
                            La fiscalización de la Cuenta Pública del H. Ayuntamiento del Municipio de San Cristóbal                 correspondientes de conformidad con la normatividad aplicable.
                            Lachirioag, Distrito de Villa Alta, Oaxaca, correspondiente al ejercicio fiscal 2023, tiene como
                            objeto dar cumplimiento a las disposiciones jurídicas aplicables en materia del ejercicio del      4. Se verificó que la Entidad Fiscalizable haya registrado los ingresos recaudados y
                            gasto público y del sistema de registro y contabilidad gubernamental, respecto de la                     recibidos en cuentas bancarias productivas específicas aperturadas para cada fondo
                            contratación de servicios, obra pública, adquisiciones, arrendamientos, conservación, uso,               o programa.
                            destino, afectación, enajenación y baja de bienes muebles e inmuebles; así como de
                            recursos materiales, almacenes y demás activos; conforme a lo establecido en el artículo 19        5. Se corroboró que la Entidad Fiscalizable haya registrado en su contabilidad los bienes
                            fracción I inciso c) de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de            muebles e inmuebles atendiendo las características y normativa de registro
                            Oaxaca.                                                                                                  establecidos; así mismo, que haya cumplido con la elaboración y publicación del
                                                                                                                                     inventario y el catálogo de bienes y haberlo hecho de conocimiento al Congreso del
                            ALCANCE                                                                                                  Estado.

                            La auditoría comprendió la revisión de la documentación e información requerida y remitida,        6. Se verificó que la Entidad Fiscalizable haya dado cumplimiento a la presentación de la
                            misma que se llevó a cabo en las oficinas de la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado           Cuenta Pública, de los Estados Financieros y de los Informes Trimestrales de Avance de
                            de Oaxaca; se verificó el cumplimiento de las disposiciones en materia de sistemas de                    Gestión Financiera, del ejercicio fiscal en revisión, y que la información que la integra se
                            contabilidad y registro contable, obligaciones de registro patrimonial, elaboración y                    ajuste a la normatividad aplicable.
                            presentación de la ley de ingresos y presupuesto de egresos. Además, del cumplimiento de
                            transparencia y rendición de cuentas establecidas en la Ley General de Contabilidad                7. Se verificó que la información contenida en el Informe de Gobierno corresponda a la
                            Gubernamental; así como de las reglas de disciplina financiera, contratación de deuda                    que se encuentra registrada en la contabilidad del Municipio.
                            pública, obligaciones de pago, sistema de alertas y registro público único, establecidas en

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