Page 3 - San Juan Bautista Lo de Soto
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ENTIDAD FISCALIZABLE: H. Ayuntamiento del Municipio de San Juan Bautista Lo de Soto, Distrito de Jamiltepec, Oaxaca. INFORME FINAL DE AUDITORÍA
ORDEN DE AUDITORÍA: OA/CPM/048/2024
TIPO DE AUDITORÍA: De Cumplimiento.
CUENTA PÚBLICA: Ejercicio Fiscal 2023.
ANTECEDENTES de Presidente Municipal, presentó información y documentación misma que se describió
y recepcionó mediante el Acta Circunstanciada levantada el mismo día 25 de marzo de
Mediante Acuerdo de fecha 15 de febrero de 2024, la L.C.P. Sarahí Noriega Ricárdez, Titular 2024.
de la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, aprobó el “Programa Anual
de Auditorías 2024 de la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, para la Derivado de la revisión y fiscalización realizada a la documentación presentada por la
Fiscalización de las Cuentas Públicas Estatal y Municipales del Ejercicio Fiscal 2023”, en el Entidad Fiscalizable, con fundamento en los artículos 31, 32 y 33 de la Ley de Fiscalización
cual se contempló al municipio de San Juan Bautista Lo de Soto, Distrito de Jamiltepec, Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, se emitió el Informe Preliminar de
Oaxaca. Auditoría, mismo que fue entregado y notificado legalmente el día 04 de julio de 2024 a la
Entidad Fiscalizable por conducto del C. Edil Leyva Carmona, en su carácter de Presidente
Como resultado de lo anterior, se ordenó la Auditoría de Cumplimiento número Municipal, como consta en el acta de notificación correspondiente.
OA/CPM/048/2024 de fecha 20 de febrero de 2024, para la fiscalización de la Cuenta
Pública del Municipio de San Juan Bautista Lo de Soto, Distrito de Jamiltepec, Oaxaca, Mediante el Informe Preliminar de Auditoría, se le concedió a la Entidad Fiscalizable, un
correspondiente al ejercicio fiscal 2023. plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a que haya surtido efectos
la notificación del Informe Preliminar, para que presentara ante esta Auditoría Superior de
La referida Orden de Auditoría fue notificada legalmente el día 28 de febrero de 2024, al C. Fiscalización del Estado de Oaxaca la documentación, justificación e información para
Edil Leyva Carmona, en su carácter de Presidente Municipal, cuyo original se dejó en su atender las observaciones detalladas, las acciones emitidas y recomendaciones
poder, como consta en el acta de notificación que para tal efecto se levantó. formuladas a la Entidad Fiscalizable en el Informe mencionado.
Mediante requerimiento de información contenido en la Orden de Auditoría, se le solicitó a Una vez vencido el plazo otorgado y estando dentro del plazo legalmente concedido,
la Entidad Fiscalizable, para que en un plazo de diez días hábiles contados a partir del día mediante escrito de fecha 25 de julio de 2024, recibido en la misma fecha en la oficialía
siguiente a que haya surtido efectos la notificación de la Orden de Auditoría, entregara de de partes de esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, signado por el
manera personal, en las oficinas que ocupa esta Auditoría Superior de Fiscalización del C. Edil Leyva Carmona, en su carácter de Presidente Municipal, presentó información y
Estado de Oaxaca, la documentación e información comprobatoria y justificativa documentación para atender las observaciones detalladas, las acciones emitidas y
correspondiente al periodo comprendido del 01 de enero de 2023 al 31 de diciembre de recomendaciones formuladas en el Informe Preliminar de Auditoría, misma que se
2023, como consta y se describe en la Auditoría de Cumplimiento número describió y recepcionó mediante el Acta Circunstanciada levantada el 25 de julio de 2024.
OA/CPM/048/2024.
Por medio del escrito de fecha 06 de marzo de 2024, la Entidad Fiscalizable solicitó prórroga
para presentar la documentación correspondiente a la notificación, la cual fue autorizada
a través del oficio ASFE/OT/0664/2024 de fecha 11 de marzo de 2024; por lo que, mediante
escrito de fecha 25 de marzo de 2024, signado por el C. Edil Leyva Carmona, en su carácter
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